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Economía

Reintegro 3 devolverá aportes a los herederos de fonavistas fallecidos: estos documentos deben presentar para cobrar, vía Banco de la Nación

La Secretaría Técnica del Fonavi inicia con el pago a los beneficiarios del grupo Reintegro 3 a nivel nacional. Muchos pueden acercarse a las oficinas del Banco de la Nación e iniciar con el cobro respectivo.

Reintegro 3 del Fonavi inicia la devolución de aportes en el Banco de la Nación.
Reintegro 3 del Fonavi inicia la devolución de aportes en el Banco de la Nación. Foto: Composición LR/Andina. | Foto: Composición LR/Andina.

La devolución del Fonavi inicia este 11 de abril de 2025 de manera oficial, marcando así el inicio del Reintegro 3, una etapa clave dentro del proceso de compensación para miles de peruanos que aportaron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

La Comisión Ad Hoc, entidad encargada de llevar a cabo este proceso, informó que en esta nueva fase se ha incluido a un grupo ampliado de beneficiarios. Entre ellos, se encuentra un avance significativo: la incorporación de los herederos de fonavistas fallecidos, quienes ahora podrán acceder a la devolución correspondiente a los aportes realizados por sus familiares.

Los pagos se realizarán a través del Banco de la Nación, por lo que se recomienda a los beneficiarios y familiares revisar el padrón oficial para confirmar su inclusión y conocer los pasos a seguir.

Reintegro 3: herederos de fonavistas pueden cobrar en el Banco de la Nación

De acuerdo con esta disposición, el tercer grupo de reintegros prioriza a personas mayores o iguales a 70 años, titulares, vivos, así como a aquellas con discapacidad o que padezcan una enfermedad grave o terminal.

Además, se ha incluido en esta etapa a los herederos de fonavistas fallecidos que, al 31 de marzo de 2025, hayan cumplido 90 años o más de edad. Cabe señalar que el cálculo de la edad, tanto para titulares como para fonavistas fallecidos, se realiza tomando como referencia esa misma fecha: 31 de marzo de 2025.

Fonavi: ¿qué documentos deben presentar los herederos de fonavistas del Reintegro 3?

Para iniciar el trámite de la devolución de aportes, el heredero del fonavista fallecido deberá presentar los siguientes documentos básicos:

  1. DNI del solicitante (heredero).
  2. Declaración jurada donde se manifieste la condición de heredero, declarando que no existen otros beneficiarios con igual o mayor prioridad. En caso contrario, deberán incluirse todos los beneficiarios en el mismo documento.
  3. Partida de defunción certificada del fonavista fallecido, con no más de 30 días de antigüedad.

Además, basándonos en el vínculo con el fonavista fallecido, será necesario presentar documentación adicional:

  • Cónyuge o conviviente: copia certificada de la partida de matrimonio o certificado de unión de hecho (SUNARP).
  • Hijos: copia certificada de la partida de nacimiento.
  • Padres o hermanos: partida de nacimiento del solicitante y del fonavista fallecido.

En caso de que el beneficio económico supere las 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), será obligatorio presentar una sucesión intestada o testamento registrado en Sunarp.

Reintegro 3: este es el orden de beneficiarios de fonavistas fallecidos

  1. Cónyuge o conviviente
  2. Hijos
  3. Padres
  4. Hermanos
  5. Otros herederos designados en testamento

¿Cómo saber si soy beneficiario del Reintegro 3?

  • Ingresar a la web oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi.
  • Ir a la opción 4, denominada 'Consulte AQUÍ si es beneficiario del Tercer Grupo de Pago, Reintegro - Abril 2025 '.
  • En tipo de documento, seleccionar cualquiera de las opciones disponibles.
  • Digitar el número de Documento Nacional de Identidad.
  • Colocar el código captcha.
  • Clic en consultar.
  • Por último, acercarse a la sede del Banco de la Nación más cercana y hacer efectivo el cobro.

¿Cuál es el monto mínimo para cobrar el Reintegro 3?

La devolución del Fonavi continúa su curso con la etapa denominada Reintegro 3, una fase crucial para miles de fonavistas en todo el país. Según informó Jorge Milla, miembro de la Comisión Ad Hoc, los beneficiarios recibirán montos que van desde un mínimo de S/ 40 hasta un máximo de S/ 4.680, dependiendo de los periodos de aportación registrados en el sistema.

Estos pagos representan un esfuerzo concreto por saldar la deuda histórica con los fonavistas, muchos de los cuales llevan años esperando la recuperación de sus aportes.

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