
El ajuste del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en 2025 ha generado una modificación directa en los umbrales de ingresos que determinan la obligación de pagar el Impuesto a la Renta (IR) en Perú. Esta actualización impacta a trabajadores dependientes e independientes, redefiniendo los montos a partir de los cuales se aplica este tributo en el nuevo año fiscal.
De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), el nuevo cálculo de la UIT implica que un mayor número de contribuyentes podría quedar exonerado del pago del IR, siempre que sus ingresos se mantengan dentro de los márgenes establecidos. Esta disposición busca alinear las obligaciones tributarias con la capacidad económica de los ciudadanos, otorgando facilidades a quienes perciben montos por debajo del umbral establecido.
Con la UIT fijada en S/5.350 para 2025, la Sunat ha establecido que los ingresos anuales que eximen del pago del IR ascienden a S/46.813. Este monto incluye remuneraciones, gratificaciones y otros conceptos considerados como ingresos. En términos mensuales, el tope se ubica en S/3.901.
Este beneficio aplica para trabajadores en planilla (quinta categoría), así como para los que emiten recibos por honorarios (cuarta categoría), siempre que no superen ese umbral durante el año fiscal. La actualización permite que un grupo más amplio de personas quede libre de las retenciones mensuales automáticas que aplica el sistema tributario.
El sistema de recaudación peruano aplica un modelo de tasas progresivas, según el nivel de ingresos anuales. Para el presente año, los tramos definidos por la Sunat se dividen en cinco categorías. Desde 0 hasta 5 UIT se aplica un 8% de tasa, entre 5 y 20 UIT, el 14%; de 20 a 35 UIT, el 17%; de 35 a 45 UIT, el 20%, y para ingresos mayores a 45 UIT, el porcentaje alcanza el 30%.
Este esquema busca garantizar una recaudación más equitativa, en la cual quienes perciben mayores ingresos tributen proporcionalmente más, en función de su capacidad económica.
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Los contribuyentes de cuarta categoría tienen la posibilidad de solicitar la suspensión de retenciones del IR si proyectan ingresos anuales por debajo del límite de S/46.813. Esta solicitud debe realizarse ante la Sunat mediante su plataforma virtual habilitada para estos fines.
Una vez procesada la solicitud, los pagos que se reciban ya no serán objeto de retención. En caso de excederse el límite de ingresos durante el año, el trabajador deberá regularizar su situación. Asimismo, si se generan pagos en exceso, estos pueden ser recuperados solicitando la devolución correspondiente a través de los canales oficiales establecidos por la entidad tributaria.

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