El Pleno del Congreso aprobó con 104 votos –y la venia de legisladores de izquierda y derecha– un dictamen que fija un régimen excepcional del Impuesto a la Renta que condona las deudas arrastradas al 31 de diciembre de 2022.
Según el PL 07536/2023.CR, presentado por Heidy Juárez (Podemos Perú), se busca promover la formalización de la economía y la ampliación de la base tributaria de contribuyentes; para ello, las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que no han declarado sus rentas, podrán acogerse a tasas más acotadas: del 10% y del 7%, en este último caso, si el dinero es repatriado.
Incluso, si la deuda es cancelada desde el extranjero, se da pie a que se inviertan en el mercado peruano “con una tasa preferencial” en pro de un “mayor ingreso fiscal”, de acuerdo con Juárez.
Una vez acogidos al régimen excepcional se entenderán por cumplidas todas las obligaciones tributarias. “La Sunat no podrá determinar obligación tributaria vinculada con dichas rentas referidas al impuesto a la renta, ni determinar infracciones ni aplicar sanciones, así como tampoco cobrar intereses moratorios”, precisa el dictamen aprobado en primera votación y exonerado de la segunda.
El proyecto es una amnistía que permite “blanquear” ingresos no declarados, a juicio de Fernando Loayza, docente de Yale especialista en impuestos, quien recuerda que en 2017, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski apostó por una figura similar que solo ayudó a los más ricos “que tienen millones en paraísos fiscales”.
“En vez de exigir el pago los impuestos, multas e intereses por evadir impuestos, el Estado amnistiará a los evasores a cambio de un pago reducido (...) y les liberará de responsabilidades penales, incluyendo delitos tributarios, contables y aduaneros y lavado de dinero asociado. Los evasores quedarán limpios”, refirió en X.