La congresista Rosselli Amuruz Dulanto de Avanza País propone reemplazar la firma digital que se solicita para el régimen societario alternativo denominado Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS) por la firma electrónica y otro mecanismos, de tal forma que se promueva la formalización y dinamización de la micro, pequeña y mediana empresa, pues actualmente este trámite suele ser muy intrincado.
El proyecto de ley 6016 plantea la modificación de 2 artículos y la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1409 para que quede establecido que se puede utilizar la firma electrónica al momento de constituir una empresa en Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
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"Si bien ha sido importante el incremento de las mypes constituidas en línea bajo el marco legal contenido en el Decreto Legislativo 1409, es importante perfeccionar esta norma para facilitar la constitución de empresas en línea. Resultaría conveniente modificar dicho decreto, en el extremo de permitir el uso de la firma electrónica (...) y no exigir el uso de la firma digital cuya operatividad es más compleja y menos accesible para los emprendedores", se sostiene en el documento.
Al respecto, Carlos Enríquez, asociado senior del área Corporativa del estudio Miguel Mur & Abogados, señala que, de aprobarse el proyecto de ley, las consecuencias inmediatas serían positivas para la formalización del comercio, siempre y cuando Sunarp establezca el mecanismo pertinente que permita verificar la autenticidad de la firma electrónica a fin de evitar fraudes.
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“La norma que regula las SACS establece que el documento de constitución generado a través de esta plataforma sea suscrito utilizando solo la firma digital de los accionistas fundadores. No obstante, la norma no tomó en cuenta que implementar una firma digital implica una serie de procedimientos que desincentivan el uso de este mecanismo, tales como el uso de un software especial proporcionado por Reniec o contratado a una empresa autorizada por Indecopi; contar con DNI electrónico; uso de un lector de tarjetas especial que valide el certificado digital del DNI electrónico”, explica Enríquez.
La iniciativa ya se encuentra en la Comisión de Economía para su evaluación; de aprobarse en esta instancia podrá pasar al Pleno para su debate y votación. Una vez promulgada la medida, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tendrá 30 días calendario para realizar las adecuaciones que correspondan al Reglamento del Decreto Legislativo 1409.