Economía

Proponen beneficios tributarios para nuevas microempresas

En un contexto de incertidumbre económica, el congresista Idelso García propone flexibilizar pagos tributarios para nuevos negocios, de tal forma que se incentive la formalización.

Diversas microempresas atraviesan grave crisis económica tras la pandemia, situación que se podría agravar con El Niño. Foto: La República
Diversas microempresas atraviesan grave crisis económica tras la pandemia, situación que se podría agravar con El Niño. Foto: La República

El congresista Idelso Manuel García, de Alianza para el Progreso, ha presentado el proyecto de ley para otorgar facilidades tributarias a las micro y pequeñas empresas que recién comiencen a operar, de tal manera que puedan afrontar el contexto de incertidumbre económica, así como incentivar la formalización.

El Proyecto de Ley 6219, Ley que establece facilidades tributarias para las pequeñas y microempresas que inicien sus operaciones, señala en su artículo 3 que se exoneraría del pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría por un periodo de seis meses.

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Asimismo, durante los primeros dos años se podrá realizar este pago hasta en 12 cuotas mensuales, iguales y reajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Además, se plantea la exoneración del pago por derechos y tasas para realizar trámites de inscripción, renovación o solicitud/copia de información en entidades públicas, durante el primer año de funcionamiento.

"Dada la actual coyuntura, en que las mypes han sido golpeadas como consecuencia del fenómeno de El Niño, en la que se espera que 30.000 mypes dejen de operar en el presente año en curso, y posiblemente muchas de ellas pasen a la informalidad, es necesario la implementación de facilidades tributaras para las nuevas mypes que comiencen a operar, para se vean incentivadas a hacerlo bajo la formalidad", se sostiene en el documento.

La iniciativa fue presentada este 23 de octubre y deberá pasar por la evaluación de las comisiones del Congreso antes de pasar al Pleno para su debate y votación. De aprobarse, el Poder Ejecutivo tendrá 30 días para dictar las normas reglamentarias que corresponden.

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