Por: Roberth Orihuela
El presidente del Consejo Privado de Competitividad asegura que el Decreto Supremo Nº 001-2022-TR, publicado hace casi un mes, pone en riesgo cientos de empresas que brindan servicios tercerizados a sectores como construcción, minería o turismo. Hay 105 mil empleos en riesgo.
El gobierno de Pedro Castillo aprobó semanas atrás el Decreto Supremo Nº 001-2022-TR que da las pautas para definir lo que es un núcleo de negocio y así evitar la tercerización en las actividades principales de las empresas. ¿Qué posición tienen al respecto?
La norma no recoge evidencia de cómo funcionan los mercados laborales eficientes en el mundo. Estos han ido evolucionando para generar mayor productividad y mayores posibilidades y puestos de trabajo. Mientras las empresas se especializan, son más eficientes y son capaces de invertir y generar más empleos. Ahora estas brindan servicios focalizados, que implica tener a trabajadores en las funciones de otras empresas. Un caso simple de empresa tercerizadora son las de limpieza. La empresa puede contratar a una persona o contratar a una empresa especializada, que se dedica a dar el servicio a otras empresas. Si tengo una pequeña empresa, prefiero esto para evitar los mayores costos que implica contratar a una persona permanente... Le cuento esto y con todo detalle para que entienda... Ahora la norma que ha aprobado el Ministerio de Trabajo prohíbe eso. Lo que implica que las grandes empresas ahora tienen que contratar el servicio ellas mismas.
Pero la norma lo único que hace es definir lo que es la actividad nuclear o neurálgica de las empresas para evitar que tercericen puestos de trabajo…
Lo que esta norma hará es que cierren y generen el despido masivo de más de 100 mil trabajadores. Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en el país hay 110 mil trabajadores que prestan servicios a tercerizadoras. Las empresas tendrán que ver la manera de aumentar sus costos y tendrán que despedir a otros empleados porque los costos se incrementan. En México se generó la desaparición del 80% de las empresas tercerizadoras. En el Perú la medida podría tener repercusiones en la pobreza y la informalidad.
Lo que genera la tercerización indiscriminada es que se reduzcan los salarios y se precarice el trabajo.
Los organismos fiscalizadores deben sancionar cuando se presenten esos problemas.
La actividad neurálgica en las empresas, indica la norma, son la esencia de su rubro. Por ejemplo, las empresas mineras, su actividad nuclear es la extracción. Pero contratan tercerizadoras para hacer esta labor.
La actividad nuclear y neurálgica es un concepto vago que no está definido. Le pongo un ejemplo, una empresa constructora, si construye un edificio inmenso va a necesitar grúas. Pero no todas las empresas las tienen porque ya se ha generado una línea de trabajo que presta ese servicio. La construcción también implica estudios, una definición de línea de trabajo y para hacerlo puede contar con una empresa especializada en brindar esos servicios.
¿La norma como los afecta?
La ley que están sacando no tiene nada que ver con la práctica. La realidad no va a cambiar con la ley. Con respecto a la diferencia de salarios, para eso hay empresas supervisoras que deben intervenir como la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil)... Nadie dice que en el Perú no existen injusticias. El tema central es si ese abuso ya estaba sancionado, seguro que si. Lo que pasa es que no es un problema de la ley, se debe fiscalizar.
¿Qué propuesta pueden dar ante estos problemas?
Fundamentalmente, hay que hacer normas que fomenten la especialización y el equilibrio en los derechos laborales. Fortalecer a instituciones como Sunafil que se encargan de fiscalizar el buen trato de los derechos laborales. Se debe desarrollar un verdadero esquema de protección social financiado por el Estado.