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Economía

Perú Libre presenta proyecto para que el BCRP compre deudas de ciudadanos y mypes

Y una vez compradas a la banca privada, tendrán un año de gracia para pagarle al BCRP. En caso la deuda esté en litigio, los morosos podrán pedir la compra de la deuda judicializada.

larepublica.pe
El proyecto de Margot Palacios, que propone la "compra" de deudas a ciudadanos y mypes por parte del BCRP, debe ser debatida en comisión. Foto: composición/La República

La congresista Margot Palacios, integrante de Perú Libre, presentó el pasado jueves 14 de octubre un proyecto de ley para que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) “compre” las deudas que personas naturales y micro y pequeñas empresas (mypes) mantengan con la banca comercial.

Se trata del PL-00457/2021, que busca beneficiar a personas naturales y pequeños negocios que se hayan visto afectados por la pandemia, y que en ningún caso hayan recibido otro tipo de programa del Estado.

De acuerdo a la propuesta de Margot Palacios, las personas naturales y mypes con deudas vigentes con la banca comercial y/o con las Empresas del Sistema Financiero (ESF) podrán solicitar al BCRP la compra de sus deudas y la reprogramación de su posterior pago, “siempre que, al 29 de febrero de 2020, según lo indicado en la Resolución 11356-2008-SBS, registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial”.

Para ello, se tomarán en cuenta los historiales de crédito con Garantía Hipotecaria y créditos personales, tarjeta, consumo, vehiculares, microempresa y pequeña empresa hasta S/ 300.000.

“Los montos límite señalados, son aquellos que correspondan al capital adeudado al 29.02.2020, no siendo computables para este efecto los intereses compensatorios o moratorios u otros costos posteriores. Los fiadores, garantes y avales también son beneficiarios de la presente ley. No están exceptuados de la presente norma el Banco de la Nación y Agrobanco”, sostiene el proyecto de la congresista de Perú Libre por Ayacucho.

Una vez compradas la deudas, el BCRP tendrá un periodo de un año de gracia para pagarlas. En el caso de los créditos con garantía hipotecaria, las deudas podrán ser reprogramadas por un mínimo de un año, y como máximo hasta por doble del tiempo que tenía como plazo faltante al 29 de febrero del 2020, con un tope máximo de 15 años. Para créditos consumo, personales, tarjeta de crédito, microempresa, pequeña empresa y vehiculares; podrán reprogramarse por un mínimo de seis meses, y hasta por cinco años.

“Los deudores podrán definir libremente dichos plazos. El BCRP tendrá una función de asesoría para esta finalidad”, explica el proyecto de Margot Palacios.

Eso no es todo, pues en caso la deuda haya ingresado a un proceso de litigio, los morosos podrán solicitar al BCRP la compra de deuda judicializada. La tasa compensatoria para los beneficiarios por la compra de deuda por el BCRP será como máximo 1,40% anual, por todo el plazo de vigencia de la deuda reprogramada hasta que su completa cancelación.

Margot Palacios