Economía

Lanzan segunda convocatoria de Techo Propio para construcción en sitio: serán 11.363 bonos

Bonos de S/ 26.400 dirigidos a familias que tienen un terreno propio o aires independizados inscritos en Registros Públicos, sin cargas ni gravámenes, para construir su vivienda. ¿Pensando en agrandar tu hogar?

El plazo máximo que tienen las Entidades Técnicas para solicitar la asignación y el desembolso de los BFH, incluida la posible subsanación de observaciones a las solicitudes presentadas, vence el 4 de marzo de 2022. Foto: La República
El plazo máximo que tienen las Entidades Técnicas para solicitar la asignación y el desembolso de los BFH, incluida la posible subsanación de observaciones a las solicitudes presentadas, vence el 4 de marzo de 2022. Foto: La República

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispuso la segunda convocatoria nacional para el programa de vivienda Techo Propio y modificó el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) en dicha modalidad.

A través de la Resolución Ministerial N° 328-2021-VIVIENDA, el programa del Fondo Mivivienda convoca a las Entidades Técnicas con registro vigente, así como a la población a nivel nacional que tenga la condición de Grupo Familiar Elegible y cumpla los requisitos para acceder al Bono Familiar Habitacional, a participar en la entrega de 11.363 nuevos BFH. Es decir, 11.363 hogares peruanos que podrán terminar el sueño de la casa propia.

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“La presente convocatoria alcanza el otorgamiento de hasta 11.363 Bonos Familiares Habitacionales, para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, con los cuales se atenderá a los Grupos Familiares Elegibles excedentes de la Segunda Convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el año 2020, aprobada por la Resolución Ministerial N° 131-2020-VIVIENDA y de la Primera Convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el año 2021, aprobada por la Resolución Ministerial N° 016-2021-VIVIENDA”, refiere el documento.

Además, se dispone que la condición de Grupo Familiar Elegible se mantiene vigente hasta que las Entidades Técnicas soliciten la asignación y el desembolso de los BFH comprendidos en la presente convocatoria.

El plazo máximo que tienen las Entidades Técnicas para solicitar la asignación y el desembolso de los BFH, incluida la posible subsanación de observaciones a las solicitudes presentadas, vence el 4 de marzo de 2022.

BFH: Modifican reglamento del Bono Familiar Habitacional

Del mismo modo, el MVCS dispuso la modificación del Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio.

Por ejemplo, el Fondo Mivivienda recibe, por reglamento, igual número de expedientes de registro de proyecto que la cantidad de BFH convocados (11.363 en esta nueva convocatoria). Pero ahora, si no llega a cubrir el número de vacantes, puede recibir, por única vez, nuevos expedientes de registro de proyecto, por el plazo que establezca en su sede digital.

También el Formulario Único de Edificación (FUE), sellado con el cargo de recibido o copia simple de la Resolución de Licencia de Edificación emitida por la municipalidad respectiva, será reemplazado por una Licencia de Edificación emitida por la Municipalidad correspondiente al momento de presentar los Expedientes de registro de Proyecto y otorgamiento de código de proyecto.

Finalmente, entre los requisitos para la liberación de obra, el FUE con cargo de “recepción o Resolución de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación emitida por la Municipalidad correspondiente” será reemplazado por una conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación emitida por la Municipalidad correspondiente, de acuerdo a la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, y sus modificatorias.

Techo Propio: ¿Qué es Construcción en Sitio Propio?

Es la modalidad del Programa Techo Propio dirigida a las familias que tienen un terreno propio o aires independizados inscritos en Registros Públicos, sin cargas ni gravámenes, para construir su vivienda.

La ejecución de las obras de construcción está a cargo de una Entidad Técnica - ET autorizada por el Fondo Mivivienda. Si deseas participar en esta modalidad debes ser propietario del predio sobre el cual se ejecutará la construcción y no ser propietario de otro terreno, aires u otra vivienda.

¿Cómo puedo construir mi casa con Techo Propio?

  1. Debes tener un terreno inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes y no contar con otro terreno o vivienda a nivel nacional.
  2. Debe estar vigente una Convocatoria en la provincia donde tienes tu terreno para que puedas inscribirte al Programa.
  3. Una vez inscrito en el Programa debes elegir una ET autorizada por el Fondo Mi vivienda para construir la vivienda.
  4. Debes firmar Contrato de Obra con la ET que elijas. No olvides exigir una copia del contrato para conocer tus derechos y deberes, así como los de la Entidad Técnica.
  5. La construcción de la vivienda inicia una vez que se desembolsa el Bono a la Entidad Técnica.
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