
A fin de disminuir el riesgo de contagios en los centros de atención de las empresas operadoras, el Osiptel propuso - mediante un proyecto de norma publicado hoy - que los recursos de apelación y quejas en trámites de reclamos se realicen de forma virtual.
La medida sería temporal y tendría vigencia solo hasta el 31 de diciembre de este año. En concreto, busca el uso de los medios digitales y permite que los recursos de apelación y queja se presenten vía correo electrónico, el mismo que deberá contener los nombres y apellidos del usuario, documento de identidad, número de servicio o contrato del abonado, código de reclamo, número de resolución contra la que dirige su apelación o la transgresión materia de la queja.
Para este efecto, las empresas operadoras deberán habilitar y difundir la dirección de un correo electrónico y –una vez recibida la apelación o queja– generar una constancia de recepción automática que acredite la presentación del documento. La notificación por correo electrónico requiere la autorización expresa del usuario, quien, a su vez, puede elegir la notificación personal tal cual lo establece el artículo 36 del Reglamento de Reclamos.
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Asimismo, las empresas operadoras con más de 500 mil abonados deberán elevar los expedientes de los recursos de apelación o quejas al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) del Osiptel en formato digital, adjuntando una carta de elevación firmada digitalmente.
Cabe indicar que el proyecto recogerá comentarios del público durante los próximos 15 días hábiles.





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