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Economía

Sunat: Contribuyentes podrán fraccionar deuda tributaria hasta en 36 meses

Formulario virtual. Asimismo, podrán aplazar hasta por seis meses pago de deuda que corresponda a ingresos del Tesoro Público o ESSALUD, producidos durante o antes de la emergencia nacional.

Recibo por honorarios, electrónico, Sunat
La operación también se puede realizar por el aplicativo de Sunat. Foto: difusión

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el formulario virtual y las disposiciones para que los contribuyentes puedan aplazar hasta por 6 meses y/o fraccionar hasta en 36 meses toda su deuda tributaria que corresponda a ingresos del Tesoro Público o ESSALUD.

Según la disposición, se podrá fraccionar la deuda a una tasa de interés preferencial mensual de 0,4%. Asismimo, se precisó que la medida podrá aplicarse a la deuda generada durante la emergencia sanitaria e incluso la deuda anterior.

Y en el caso de aquello que generan Rentas de Tercera Categoría aplica siempre que sus ingresos netos mensuales acumulados de los periodos tributarios de marzo y abril del 2020, en comparación con los mismos periodos del 2019, hayan disminuido.

El plazo para presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento es hasta el 30 de setiembre de 2020, para lo cual se deberá utilizar únicamente el Formulario Virtual N° 1704, que estará disponible en www.sunat.gob.pe, desde el 08 de julio del presente, de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 113-2020/SUNAT, publicada en el diario oficial.

Se debe tener en cuenta que no se considerarán presentadas las solicitudes efectuadas a través de escritos u otros medios distintos al Formulario Virtual N.° 1704.

Los detalles

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