De acuerdo a la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, todos los trabajadores formales deben recibir por parte de sus empleadores un Seguro de Vida Ley. Este beneficio laboral tiene como finalidad proteger económicamente tanto al trabajador como a su familia. Conoce, a continuación, cuál es su cobertura y cómo cobrar la indemnización.
Este seguro ya era obligatorio para todos los trabajadores a partir del cuarto año de labores en una misma empresa; sin embargo, en diciembre del 2019, por orden del Gobierno peruano, se estableció que todas las empresas en el país deberán contratar el Seguro de Vida Ley para sus trabajadores desde el primer día de iniciada la relación laboral.
El Seguro de Vida Ley es un beneficio laboral que busca dar alivio económico temporal a los familiares de un trabajador ante su fallecimiento por muerte natural, accidental o invalidez permanente total, sin importar la actividad económica que realice la compañía o si el accidente o enfermedad que llevó al fallecimiento del trabajador sucede durante su jornada laboral, ya que otorga protección las 24 horas del día.
Todas las empresas deben brindar a sus trabajadores el seguro de vida ley de forma obligatoria. Foto: Andina
A todos los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten, así como a los trabajadores de entidades y empresas del sector público que estén sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.
En caso ocurriera el fallecimiento del trabajador por muerte natural, accidental o si quedara con una invalidez permanente total, la aseguradora indemnizará a los beneficiarios con las siguientes sumas de dinero:
El seguro de vida ley cubre tres tipo de riesgos. Foto: Andina
De acuerdo a la normativa vigente, los beneficiarios del Seguro de Vida Ley son el cónyuge o conviviente y sus descendientes. A falta de estos, la indemnización corresponderá a los ascendientes y hermanos menores de 18 años.
Una vez ocurrido el suceso, los beneficiarios deben acercarse al centro de labores del familiar fallecido para conocer cuál es la compañía de seguros que se contrató. La aseguradora le solicitará:
Foto: laley
Cumplida la entrega de esos documentos, en un plazo de 72 horas, la compañía de seguros deberá abonar la indemnización, de no hacerlo, la aseguradora asumirá el pago de intereses.
Según la ley, en este supuesto el empleador contratante del seguro tiene derecho a cobrar la suma asegurada, siempre y cuando, se haya vencido el plazo de un año luego de la muerta y nadie reclama el derecho.