Sociedad

Indecopi exige a colegios privados respetar ley y otorgar becas a estudiantes en orfandad

Advirtió que planteles pueden ser sancionados si incumplen con dar este beneficio a los escolares que perdieron a sus padres o tutores.

Colegios no deben negarse a dar becas a alumnos en orfandad.
Colegios no deben negarse a dar becas a alumnos en orfandad.

Los estudiantes que han perdido a sus padres, o apoderados responsables de su sustento, deben recibir becas integrales en la educación básica regular, informó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), el cual solicitó a los colegios privados cumplir lo dispuesto por la Ley n° 23585.

La citada norma señala que estos escolares deben recibir una beca integral en caso de muerte, inhabilitación física o mental permanente, o internamiento por sentencia judicial del padre o tutor. De esta manera, se les exonera de pago de matrícula, pensiones, exámenes, certificados de estudios y otros gastos. “Se tiene que acreditar el fallecimiento del padre o apoderado y demostrar que el alumno no cuenta con los recursos para pagar sus pensiones”, afirmó el Indecopi.

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La institución manifestó que, de incumplir con esta medida, los colegios particulares pueden ser sancionados. Por ejemplo, en el 2024, la Sala Especializada en Protección al Consumidor determinó en segunda y última instancia que la escuela Cambridge College Lima SAC no brindó la beca a dos de sus estudiantes, cuyo padre había fallecido. Así, se ordenó al plantel no solo dar este beneficio sino también devolver a la madre las pensiones pagadas tras el deceso de su esposo.

El Indecopi aclaró que la beca podría ser suspendida por bajo rendimiento o mala conducta del alumno y se perderá definitivamente en caso de expulsión.

Para recoger quejas, el Indecopi puso a disposición el correo: sacreclamo@indecopi.gob.pe, el canal Reclama Virtual; así como los teléfonos: 224-7777 en Lima y 0800-4-4040 en provincias.

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