Sociedad

EsSalud y derechohabientes: solo estos familiares del titular pueden acceder al seguro

EsSalud proporciona exámenes, tratamientos y procedimientos médicos, salud mental, entre otros. Descubre quiénes pueden ser derechohabientes y los requisitos para su registro.

EsSalud fue creado en 1999 mediante la Ley N° 27056. Foto:composición LR/EsSalud
EsSalud fue creado en 1999 mediante la Ley N° 27056. Foto:composición LR/EsSalud

El Seguro Social de Salud (EsSalud) en Perú ofrece una cobertura integral no solo para trabajadores dependientes, pensionistas y ciertos independientes, sino también para sus familiares directos. Esta inclusión es fundamental para el bienestar de las familias peruanas, pues garantiza que todos los miembros accedan a servicios de salud esenciales.

Los familiares del titular que pueden afiliarse a EsSalud reciben el nombre de derechohabientes y tienen que reunir ciertos requisitos para poder atenderse sin dificultades. En este artículo, te explicamos qué parientes pueden acceder al seguro y los pasos necesarios para su registro.

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¿Qué familiares del titular pueden acceder a EsSalud?

EsSalud permite que los familiares directos del titular accedan a sus prestaciones de salud, conocidos como derechohabientes. Estos incluyen:

  • Cónyuge o concubino(a): la pareja del asegurado, ya sea mediante matrimonio legal o una unión de hecho reconocida, tiene derecho a los servicios de EsSalud.
  • Hijos menores de edad: los hijos del asegurado, siempre que sean menores de edad, están incluidos en la cobertura.
  • Hijos mayores incapacitados: los hijos mayores que estén incapacitados de forma total y permanente para el trabajo, según la evaluación de EsSalud, también son beneficiarios.
  • Hijos desde la concepción: La cobertura se extiende a los hijos desde el momento de la concepción, asegurando atención médica para la madre gestante.

EsSalud 2024: estos son los requisitos para registrar a los derechohabientes

Para registrar a los derechohabientes en EsSalud, se deben cumplir con ciertos requisitos específicos dependiendo del tipo de familiar. A continuación, se detallan los documentos necesarios:

  • Cónyuge:
  • Formulario N° 1010, llenado y firmado por el asegurado titular y/o cónyuge.
  • Copia del Acta o Partida de matrimonio civil con antigüedad no mayor de seis meses o Declaración Jurada si el matrimonio se celebró en Perú.
  • Para matrimonios en el extranjero, se requiere una copia del Acta o Partida de matrimonio legalizada por el consulado peruano o con el sello de la Apostilla de La Haya.
  • Concubino/a:
  • Formulario N° 1010, llenado y firmado por el asegurado titular y/o concubino(a).
  • Documento de Reconocimiento de la Unión de Hecho, mediante Resolución Judicial o Escritura Pública.
  • Hijos menores de edad:
  • Formulario N° 1010, firmado por el asegurado titular, el padre o madre del menor (si no es titular del seguro) o tutor del menor.
  • Copia de la Partida o Acta de nacimiento del menor.
  • Hijo mayor de edad incapacitado:
  • Formulario N° 1010, firmado por el titular del seguro, el padre, madre o curador.
  • Dictamen de Incapacidad otorgado por el Comité Médico de Evaluación y Calificación de EsSalud.
  • Copia de la Partida o Acta de Nacimiento y Declaración Jurada que indique la incapacidad total y permanente, emitido por EsSalud.
  • Gestante de hijo extramatrimonial:
  • Formulario N° 1010, firmado por el asegurado titular.
  • Copia de la escritura pública, testamento del asegurado titular que acredite el reconocimiento del concebido o sentencia de declaratoria de paternidad.

EsSalud y derechohabientes: ¿cómo puedo registrar a mi familiar en el seguro?

El proceso de registro de derechohabientes en EsSalud es esencial para garantizar que todos los beneficiarios accedan a los servicios de salud. La entidad empleadora es responsable de realizar la inscripción a través del T-Registro. Es fundamental que el afiliado titular proporcione toda la información necesaria a su empleador para facilitar este proceso.

No obstante, los asegurados tienen la opción de inscribir a sus derechohabientes mediante la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA). Este sistema en línea facilita el registro de hijos menores, cónyuge, concubino(a), madre gestante de hijo extramatrimonial, o hijo mayor con incapacidad total y permanente para trabajar.

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