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Alcalde de SJL a Dina Boluarte: "Desde EE. UU. dijo 500 cámaras, hasta ahora no nos da nada"

Burgomaestre mencionó que no cuentan con la infraestructura necesaria para la lucha contra la delincuencia en el distrito en pleno estado de emergencia.

Gobierno había anunciado destina S/15.000 a los municipios de distritos declarados en emergencia. Foto: composición de Fabrizio Oviedo / La República / EFE
Gobierno había anunciado destina S/15.000 a los municipios de distritos declarados en emergencia. Foto: composición de Fabrizio Oviedo / La República / EFE

El alcalde de San Juan de Lurigancho, Jesús Maldonado, exigió a la presidenta Dina Boluarte las 500 cámaras que prometió para la lucha contra la delincuencia en el distrito. El mismo que actualmente ha sido declarado en emergencia. "La presidenta Dina Boluarte desde los Estados Unidos dijo: '500 cámaras para SJL, hasta ahora no nos da nada", mencionó en una conferencia.

Maldonado recalcó su petición al Estado peruano sobre la destinación de fondos para combatir la criminalidad en su jurisdicción. Indicó que existen otros problemas como el comercio ambulatorio y tráfico de terrenos que merecen ser atendidos también. "Yo sí voy a ser muy insistente durante mi gestión en recordarle a la presidenta Boluarte que quien tiene la solución en sus manos es ella", manifestó.

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¿Qué significa el estado de emergencia en SJL?

La declaratoria del estado de emergencia es un régimen que se aplica cuando existe la "perturbación de la paz o del orden interno", según refiere la Constitución Política del Perú. Ello con el objetivo de que se le otorgue al Estado ciertas competencias para afrontar una "catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida de la Nación". Esta situación de excepción está especificada y contenida en el artículo 137.

 Estado de emergencia. Foto: PNP

Estado de emergencia. Foto: PNP

¿Qué medidas rigen en SJL?

De acuerdo con las medidas que implica el estado de emergencia declarado en los tres distritos peruanos, se establecen la restricción a los siguientes derechos:

  • Derecho a la libertad
  • Inviolabilidad de domicilio
  • Libertad de reunión
  • Libertad de tránsito.

Es decir, tras la declaratoria, las autoridades podrán injerir en reuniones de ciudadanos en espacios públicos o privados, así como la intervención a aquellos que se desplacen por el distrito. En esa misma línea, las fuerzas del orden podrán ingresar a los domicilios en caso se requiera un operativo o investigación sobre un hecho determinado.

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