Política

Alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, es condenado a un año de pena privativa de la libertad

La condena contra Arturo Fernández, por el delito de difamación agravada, fue ratificada por una Sala Superior de La Libertad. Magistrado concluyeron que existen evidencias de que ofendió la dignidad de una oficial de la PNP.

Alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, fue hallado culpable por el Poder Judicial. Foto: Sergio Verde/ La República
Alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, fue hallado culpable por el Poder Judicial. Foto: Sergio Verde/ La República

La Segunda Sala Penal de Apelaciones de La Libertad ratificó la condena contra el alcalde de Trujillo, Arturo Fernández Bazán, a un año de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el delito de difamación agravada. Asimismo, el colegiado reformuló el pago de reparación civil de S/5.000 a S/25.000, a favor de la agraviada Nátaly Rojas, quien es oficial de la Policía Nacional del Perú (PNP).

De esta manera, el colegiado superior confirmó en parte el fallo que emitió el Quinto Juzgado Unipersonal de Trujillo el 23 de agosto de 2022, debido a que aumentó a S/25.000 la reparación civil a favor de la agraviada, la cual debe cancelarse en el plazo de 30 días. El tribunal revisó este caso a consecuencia del recurso de apelación que presentó Arturo Fernández, con el objetivo que se reserve de fallo, es decir, sin pronunciamiento de la pena.

Empero, dicho petitorio fue desestimado por la Sala Penal de Apelaciones, que consideró que los actos que cometió Arturo Fernández, cuando fue alcalde de la Municipalidad Distrital de Moche, en 2022, sí constituye difamación agravada, así como violencia contra la mujer.

 La Policía brindó seguridad en los exteriores del Poder Judicial. Foto: Sergio Verde/ La República

La Policía brindó seguridad en los exteriores del Poder Judicial. Foto: Sergio Verde/ La República

Para el Poder Judicial, el burgomaestre trujillano, al difundir sus expresiones difamatorias a través del Facebook del municipio de Moche, en agravio de Nátaly Rojas, constituye un agravante. Además, precisó que denotan discriminación a la mujer, con un lenguaje sexista en cuanto a género.

"Se mancilló el honor de la mujer", afirmó el PJ

"Se mancilló el honor de una mujer por parte de quien representa a una comuna. Un alcalde debe mostrar educación porque es el ejemplo de sus conciudadanos. Como autoridad, tiene el deber de cumplir normas en el irrestricto derecho de igualdad de género y fomentar el respeto", se menciona en la sentencia contra el alcalde de Trujillo.

El órgano superior también aseveró que las expresiones de Arturo Fernández en agravio de la querellante no tienen protección constitucional porque no tienen contenido informativo ni contenido crítico a la función pública, ya que Nátaly Rojas forma parte de la Policía.

Finalmente, la Sala de Apelaciones remarcó que se cumplieron los presupuestos que estipula el Código Penal en su artículo 132 para el delito de difamación agravada, que causó daños moral y psicológico a la víctima.

 Arturo Fernández improvisó un mitin, pero pocos lo acompañaron. Foto: Sergio Verde/ La República

Arturo Fernández improvisó un mitin, pero pocos lo acompañaron. Foto: Sergio Verde/ La República

Arturo Fernández se defendió tras sentencia condenatoria

Tras la sentencia, el alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, culpó al Poder Judicial, así como a Alianza para el Progreso (APP), de la sentencia en su contra. Aunque eso no fue todo, ya que invocó a Dios para justificar sus actos. "De qué nos sorprendemos, porque el que nos va a juzgar es nuestro Dios que está en el cielo y nos mira", expresó la autoridad edil.

 El&nbsp;PJ confirmó la sentencia de un año de pena privativa de libertad suspendida impuesta contra el alcalde de Trujillo. Foto: Difusión<br>

El PJ confirmó la sentencia de un año de pena privativa de libertad suspendida impuesta contra el alcalde de Trujillo. Foto: Difusión

"Sentencia se cumple sí o sí", afirmó doctor en derecho

Tito Estéves, director en derecho, explicó a La República que aun cuando Arturo Fernández presente un recurso de casación, el cual tiene carácter extraordinario más no impugnativo ante la Corte Suprema de Justicia, la condena de un año de pena privativa de la libertad suspendida y el pago de reparación civil de S/ 25.000 se ejecuta, lo cual significa que está expedita la vacancia del burgomaestre por sentencia penal.

"Si el burgomaestre presenta un recurso de casación, no suspende los efectos de la sentencia penal, la cual debe ejecutarse sí o sí. El concejo municipal tiene todos los instrumentos legales y el amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOL) para vacar a Arturo Fernández del cargo de alcalde y comunicar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)", aseveró Tito Estéves.

¿Qué dijo Arturo Fernández, alcalde de Trujillo?

El alcalde tuvo expresiones lamentables no solo hacia Nataly Rojas, también hacia periodistas que le consultaron sobre los huacos eróticos en su oficina. Al momento de responder, le faltó el respeto a dos periodistas allí presentes, entre las que se encontraba una reportera de La República.

Piden suspensión para alcalde

Tras la ratificación de la sentencia, el exregidor Andree Gallo Lezama presentó ante el concejo provincial una solicitud de suspensión contra Fernández, argumentando, justamente, el fallo judicial. El documento está fechado en 21 de junio de 2023.

“Como pretensión administrativa principal, en mi calidad de ciudadano y vecino de la ciudad de Trujillo, solicitó se declare la suspensión en el cargo de alcalde provincial al señor César Arturo Fernández Bazán, en la respectiva sesión extraordinaria de Concejo (...), por incurrir en la causal de suspensión establecida en el inciso 5) del artículo 25° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades”, expresa el exconcejal Gallo.

¿Qué dice la ley?

El artículo 23° de la Ley N° 27972, establece que la vacancia o suspensión del cargo de alcalde o regidor es declarada por el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, luego de tomar conocimiento de los hechos que originaron la respectiva causa.