Comas: vecinos piden ayuda para rescatar a perrita que vive encerrada
El animal vive en condiciones insalubres mientras que el dueño lucra con sus crías, señaló una residente del lugar.
Una perrita american bully se encuentra encerrada en el tercer piso de una casa, en el distrito de Comas, viviendo en condiciones poco saludables desde hace dos años. Así lo denunció una vecina de la zona, quien acusó que el animal ya ha tenido tres camadas de cachorros que han sido vendidos por su dueño, que la mantiene abandonada largas horas, sin agua ni comida y en condiciones deplorables.
Lizet Flores, quien vive al lado de la casa donde se encuentra la criatura, compartió el video de la perrita por su cuenta de Facebook para pedir ayuda, ya que todos los días puede observarse que está mal alimentada y en un espacio que puede ser perjudicial para su salud.
“Está llena de heridas, tiene sarna por todo el cuerpo. El ambiente está lleno de heces, basura, maderas. En pleno sol, no tiene agua ni comida”, detalló en declaraciones a La República. La joven señaló que los dueños de la perrita se han dedicado a la venta de sus crías como medio de obtener fortuna. “Anteriormente, había otro perro, pero murió”, agregó.
Lizet Flores indicó que se ha comunicado con el Serenazgo del lugar para pedir ayuda, pero no ha recibido respuesta. Ante la falta de auxilio para el can, que —según se ve— presenta rasgos de desnutrición, decidió publicar la denuncia mediante redes sociales. “Yo no la puedo tener, pero sí quisiera que la rescaten”, expresó.
¿Qué dice la ley?
La tenencia de animales en condiciones como estas es considerada un acto de crueldad y es sancionada por el Código Penal en su artículo 206-A.
“El que comete actos de crueldad contra un animal doméstico o un animal silvestre o los abandona es reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, con 100 a 100 días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36”, establece la ley.
"Si —como consecuencia de estos actos de crueldad o del abandono— el animal doméstico o silvestre muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con 150 a 360 días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36”, adhiere.