Chiclayo: declaran inconstitucional ordenanza de MDJLO por vicios en su publicación

Comerciantes del mercado Moshoqueque presentaron una demanda ante el TC sobre norma que regulaba montos de merced conductiva.

Ordenanza buscaba regular la merced conductiva de los comerciantes de Moshoqueque, sin embargo, ha quedado sin efecto por fallo del TC. Foto: Clinton Medina
Ordenanza buscaba regular la merced conductiva de los comerciantes de Moshoqueque, sin embargo, ha quedado sin efecto por fallo del TC. Foto: Clinton Medina

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada, por mayoría, la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por un grupo de comerciantes del mercado Moshoqueque contra la ordenanza municipal n.° 20-2017 que establecía una regulación en aspectos como el monto que deben pagar los vendedores por merced conductiva, la cual fue aprobada por la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz (MDJLO), en la provincia de Chiclayo.

Todo comenzó el 14 de diciembre de 2020, cuando la ciudadana Rosa Dolores Paulino, en representación de 1.365 personas, interpuso una demanda contra la referida ordenanza por contravenir las disposiciones que regulan los requisitos de validez para la difusión de normas municipales, así como los principios de legalidad y libertad de trabajo.

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Uno de los principales argumentos era que la ordenanza no fue publicada válidamente, pues el diario oficial y judicial de mayor circulación en el distrito de José Leonardo Ortiz durante el año 2017 era el diario La República y no el periódico La Verdad, donde se había divulgado. Sobre esto, se advertían vicios de inconstitucionalidad formal.

Controversia

Los demandantes señalaron que la norma había sido propagada en un medio periodístico no autorizado, lo cual vulneraba el principio de publicidad de las normas y las reglas previstas en el artículo 44 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Ante esto, el TC requirió al municipio leonardino que indique cuál era el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción en el momento de difusión de la citada norma y adjunte una copia de la publicación de la ordenanza.

En respuesta, el 21 de junio de 2021, el ayuntamiento presentó una copia de la ordenanza publicada en el diario La Verdad, el pasado 21 de diciembre de 2017.

Al respecto, el TC detalló que ya ha establecido que la existencia de un diario encargado de las publicaciones judiciales de cada jurisdicción excluye la posibilidad de que las ordenanzas municipales sean publicadas, únicamente, por cualquier otro medio que asegure de manera indubitable su publicidad.

Sobre el particular, la presidenta del TC, Marianella Ledesma, afirmó que divulgar las ordenanzas municipales en cualquier medio que asegure su publicidad, pese a la presencia de un diario de publicaciones judiciales, implica vaciar el contenido de la norma que establece que estas se difunden en los diarios judiciales siempre que las ciudades cuenten con tales publicaciones.

De esta manera, se concluyó que no se cumplió con la divulgación de la norma en el diario encargado de las publicaciones judiciales durante el año 2017, el cual era el diario La República, conforme información de la página web de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.

Comuna distrital de José Leonardo Ortiz sufrió revés tras publicación de norma.  Foto: Clinton Medina

Comuna distrital de José Leonardo Ortiz sufrió revés tras publicación de norma. Foto: Clinton Medina

El “formalismo” salvador

Sobre este caso, la abogada Nélida Pozada expresó lo siguiente:

“Se sabe que la publicidad de la norma resulta ser primordial para su vigencia y obligatoriedad, asimismo, para que realmente pueda surtir sus efectos y ser conocida por todos.

La publicación de las ordenanzas municipales, al no ser normas de carácter nacional, se encuentra determinada por el artículo 44° de la LOM, la misma que señala que la divulgación se realiza en el diario de publicaciones judiciales, en carteles municipales impresos y, finalmente, en los portales electrónicos.

Para nosotros, la inconstitucionalidad de la norma recae no solo por ello, sino también por el incumplimiento del requisito de la publicación de la ordenanza en el diario encargado de las publicaciones judiciales, puesto que la norma fue difundida en el diario La Verdad cuando el encargado en el 2017 era La República.

Muchas veces, los ciudadanos se quejan de los formalismos en los procedimientos legales al considerarlos torpes e innecesarios para la eficacia del día a día; sin embargo, ha sido un error, que podría ser considerado banal para ciertas personas, lo que ha permitido que los comerciantes hayan podido ganar esta lucha que data desde hace mucho tiempo atrás, sin necesitar incluso de un análisis más complicado como comprobar si es que realmente dicha ordenanza vulneraba o no sus derechos fundamentales.”

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