Ministro Cadillo: Queremos garantizar las condiciones de bioseguridad para retornar a clases
El nuevo ministro de Educación indicó que se buscará cuidar la salud de los estudiantes, padres de familia y personal de los colegios.
- Histórica sentencia de más 30 años de prisión por esclavitud en el Perú: Fiscalía confirma fallo contra responsables del Caso Nicolini
- Estas son las regiones con mayor riesgo de cáncer de piel por radiación UV extrema en Perú, según el Senamhi

El nuevo ministro de Educación, Juan Cadillo, sostuvo que su gestión buscará implementar todos los protocolos sanitarios en las escuelas para permitir el retorno a las clases presenciales.
Este sábado 31 de julio, el funcionario recibió la segunda dosis de la vacuna contra el nuevo coronavirus en el colegio José Granda, en San Martín de Porres, conforme al cronograma establecido por el Ministerio de Salud.
TE RECOMENDAMOS
ÁNGEL PÁEZ Y LAS INVESTIGACIONES CONTRA RAFAEL LÓPEZ ALIAGA | ARDE TROYA CON JULIANA OXENFORD
“Lo que queremos es garantizar las condiciones de bioseguridad para que todos nuestros estudiantes puedan retornar a las clases lo más pronto posible. De tal manera que demos seguridad a los estudiantes, padres de familia y el personal”, declaró tras la inoculación, según un comunicado de la cartera.
En tal sentido, hizo hincapié en la importancia de acudir a las citas de inmunización. “La vacuna es un derecho y también es un deber. Un derecho porque el Estado y el Gobierno garantizan vacunas para todos, y también una obligación porque al vacunarnos ponemos el hombro y, fundamentalmente, nos protegemos nosotros y a nuestros seres queridos y a todas las personas”, agregó.
UGEL podrá autorizar presencialidad
Por medio de una norma técnica aprobada el 28 de julio, se establecieron disposiciones complementarias para que, de manera excepcional, la UGEL pueda autorizar la prestación del servicio educativo con algún grado de presencialidad en colegios o programas educativos de distritos urbanos.
De esta forma, las instituciones estarán exceptuadas del cumplimiento de las condiciones epidemiológicas referidas en el numeral 6.2.1 de la ley siempre y cuando no se encuentren ubicados en un distrito en cuya provincia o región se haya dispuesto el aislamiento social obligatorio (cuarentena) o que haya sido considerado en el nivel de alerta extremo.



















