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Sociedad

Lambayeque: 38 municipios observados por la compra de canastas durante emergencia

La Contraloría afirmó que los hechos adversos implica a comedores y mercados. Los ayuntamientos solo emitieron 51 planes de acción, pese que se remitieron 184 informes.

La Contraloría inició proceso de auditoría en el municipio de Olmos por el casa de as canastas.
La Contraloría inició proceso de auditoría en el municipio de Olmos por el casa de as canastas.

Coronavirus en Perú. La Contraloría General de la República con el informe “El Control en Tiempos de Covid-19”, evidenció el papel que cumplió el Gobierno Regional de Lambayeque (GRL), la Gerencia Regional de Salud (Geresa), las municipalidades y la Policía Nacional en beneficio de la población vulnerable en el estado de emergencia. Los resultados están en rojo.

El gerente regional de la Contraloría en Lambayeque, Tomás Tello Benzaquen señaló que se identificaron situaciones adversas en los 38 ayuntamientos por adquisición de canastas, comedores y mercados por lo que se emitieron 184 informes.

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Cabe indicar que en virtud al D.U. n°. 033-2020, el gobierno nacional transfirió recursos entre 50 mil a 200 mil soles por municipio. El presupuesto de casi 6 millones de soles es exclusivo para este fin.

Situaciones identificadas

Desde el deficiente empadronamiento de los beneficiarios, presunto direccionamiento a conservas que no serían aptas para el consumo se detectó en el control concurrente.

Tello Benzaquén precisó que la Contraloría solicitó a las municipalidades la elaboración del plan de acción para subsanar los hechos adversos y otorgó el plazo de 10 días para presentarlo.

Alcaldes no responden

Pese a ello, las entidades ediles solo remitieron 51 documentos. Así tenemos que en la provincia de Chiclayo son 28, provincia de Lambayeque 7, provincia de Ferreñafe 3. En tanto, los municipios distritales de José Leonardo Ortiz, La Victoria, Olmos y Motupe remitieron 5, 4,3 y 1 planes de acción para implementar medidas.

Líneas seguidas, Tello remarcó que conforme a la Resolución n°. 115- 2019 de la Contraloría, si la institución incumple con derivar el documento, entonces se considerará un desistimiento y por ende el alcalde asumirá las consecuencias, además de ser un agravante.

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