Sociedad

Coronavirus: Consejo alista interpelación contra tres gerentes regionales de Lambayeque

Se aprobó por unanimidad que comisiones evalúen desempeño de titulares de Salud, Agricultura y Programas sociales frente al estado de emergencia sanitaria por la COVID-19.

Gerentes regionales de Lambayeque que serían interpelados por el pleno del Consejo.
Gerentes regionales de Lambayeque que serían interpelados por el pleno del Consejo.

Coronavirus en Perú. En su última sesión ordinaria, el Consejo Regional de Lambayeque (CRL) aprobó por unanimidad evaluar la interpelación de tres funcionarios regionales por su deficiente desempeño para liderar su sector en pleno estado de emergencia por la COVID-19.

La propuesta fue promovida por la consejera Mónica Toscanelli, quien sostuvo que no se implementaron acciones oportunas, lo que “habría conllevado a una crisis administrativa y operativa” en la Gerencia Regional de Salud (Geresa), Gerencia Regional de Agricultura y Gerencia Regional de Programas Sociales.

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A través del acuerdo regional n.° 000059-2020, el Colegiado dispuso que cada Comisión Ordinaria del CRL -vinculada a estos sectores- evalúe si se debe impulsar una interpelación contra los titulares de estas entidades.

Consultada al respecto, Toscanelli, quien preside la Comisión de Salud, adelantó que su grupo de trabajo decidió interpelar al titular de la Geresa, Juan Ordemar, por lo que en las próximas horas elaborarán el pliego interpelatorio.

En tanto, la Comisión de Agricultura y la Comisión de Programas Sociales todavía evalúan llevar adelante el proceso contra los gerentes Juan Chapoñán y Janeth Núñez, respectivamente.

¿Cómo será la interpelación?

Según su Reglamento Interno, el Consejo tiene facultad para interpelar a los gerentes regionales cuando los soliciten por lo menos tres de sus miembros. El pedido se formula mediante moción de orden del día acompañado de un pliego interpelatorio.

Para que la moción sea aprobada se requiere el voto de al menos seis consejeros (mayoría simple). Si se aprueba, se fija fecha y hora para que el funcionario interpelado sea invitado a una sesión extraordinaria. La interpelación se le debe comunicar siete días hábiles antes de la fecha programada para que el funcionario absuelva por escrito el pliego interpelatorio.

Tal como se lee en el artículo n.° 13, la interpelación puede terminar con una moción de confianza o una moción de censura, la cual deberá ser aprobada por al menos seis consejeros (mayoría simple). Si se aprueba la moción de censura, se recomendará la destitución del funcionario.

Es necesario precisar que dicho Reglamento Interno fue judicializado en el 2019 por el gobernador Anselmo Lozano, con lo cual buscaba dejar sin efecto este artículo referente a la interpelación. No obstante, su demanda fue declarada improcedente por el Poder Judicial.

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