Sociedad

Jueces en Arequipa ya pueden modificar penas de reos por omisión de asistencia familiar

Medida para reducir el hacinamiento en penales y la posibilidad de contagio del COVID-19. Los magistrados quedaron facultados para ordenar la liberación de un grupo de internos del penal de Socabaya, en Arequipa. Audiencia para tramitar el beneficio se hará de manera virtual.

Hombre fue detenido e internado en el penal de varones Socabaya en Arequipa.
Hombre fue detenido e internado en el penal de varones Socabaya en Arequipa.

La carrera para disminuir el hacinamiento en el penal de varones en Arequipa inicia. Los juzgados penales de emergencia de Investigación Preparatoria, Unipersonales y Colegiados de todo el distrito judicial podrán cambiar las penas contra los presos por omisión de asistencia familiar, para que puedan ser liberados siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos.

El Gobierno emitió un dispositivo legal para permitir que los reos por omisión de asistencia puedan salir de prisión. De esta manera buscan reducir las posibilidades de contagio en las cárceles de todo el Perú.

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Este jueves, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa habilitó a los juzgados para que puedan iniciar con el trámite de los requerimientos de conversión automática de penas, de los internos del penal de Socabaya.

Conforme a Ley, los magistrados quedan facultados para ordenar o denegar los beneficios penitenciarios de semi libertad y libertad condicional. Ello deberá decidirse en audiencias, que a causa del estado de emergencia y a modo precaución del nuevo coronavirus, se llevarán a cabo de manera virtual.

El penal de Socabaya cuenta actualmente con 104 reos por omisión de asistencia familiar. Es decir, individuos que no cumplieron con la obligación de proveer recursos económicos para los alimentos, salud, educación, recreación, vivienda y vestimenta en favor de sus hijos.

CONDICIONES

Para acceder a la modificatoria de pena, los reos deberán cumplir con algunos requisitos previos. Según estipula el dispositivo legal publicado en el diario El Peruano, los internos que purgan hasta tres años de cárcel deberán acreditar el pago de las reparaciones civiles en favor de los familiares afectados y presentar una declaración jurada del lugar de residencia.

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