Aprueban criterios para separar a los policías “no idóneos”

Ya es oficial. Comisión sectorial del Mininter decidirá si agentes sancionados incurrieron en causales de separación. La sanción no se podrá apelar. Separados no cobrarán indemnizaciones.

Los policías detenidos por trabajar para narcotraficantes, por cobrar coimas a choferes con papeletas, por abuso sexual, por no intervenir cuando una mujer reclama ayuda, por golpear a sus parejas, por asesinarlas. Todos ellos, en virtud de un decreto de urgencia publicado ayer, serán separados de manera sumaria de la institución.

Como había anunciado días atrás el ministro del Interior, Carlos Morán, el Poder Ejecutivo ha creado un “mecanismo excepcional” para “prescindir del personal que no cumple con los criterios de idoneidad para el ejercicio de sus funciones policiales”. Aunque la norma no fija plazos, sí da luces sobre varios otros aspectos.

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En principio, se establece que la decisión de pasar al retiro a los malos policías se ejercerá como una “facultad discrecional”, es decir, que no tendrá naturaleza de sanción administrativa y, en consecuencia, no podrá ser apelada en instancia superior. Eso no impide, sin embargo, que se puedan presentar causas en la vía judicial.

El decreto también indica que el grupo de agentes a retirar no recibirá indemnizaciones ni se les pagará ningún beneficio, sin importar su puesto dentro de la institución.

De corresponder el pase a retiro, el castigo se deberá aplicar sin distinción a todas las categorías, jerarquías y grados, tanto para oficiales y suboficiales, como para el personal de armas o de servicio.

El procedimiento estará liderado por una comisión sectorial del Ministerio del Interior (Mininter) que se encargará de realizar las evaluaciones a todos los policías y elaborar las propuestas de pase al retiro en caso se incurra en algunas de las causales (ver recuadro).

De ser así, la decisión será refrendada por el presidente de la República, el titular del sector, el comandante general de la Policía o el director de recursos humanos de la institución, según corresponda por el grado del agente a sancionar.

Por ejemplo, el retiro de los generales deberá ser aprobado por el presidente, mientras que en el caso de los oficiales superiores la responsabilidad recae en el ministro del Interior.

En uno de sus artículos, el decreto establece que la vigencia del mecanismo será de nueve años. No obstante, se puede renovar por un periodo similar en caso de ser necesario.

La comisión evaluadora estará conformada por personal policial de armas y de servicios, de rango superior.

Criterios abiertos y a discreción

En su artículo 4, el decreto establece que el pase al retiro puede estar motivado por conductas o actividades que se no se encuentren tipificadas en la Ley N°30714, que regula el régimen disciplinario de la Policía, siempre que estén “debidamente corroboradas”. La aplicación de la sanción dependerá del criterio de la comisión sectorial.

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