Omar Candia y las razones por las que fue condenado a seis años de cárcel en Arequipa
Juez anticorrupción sentenció a Omar Candia, alcalde de Arequipa, y a otras cinco personas a seis años de cárcel. Burgomaestre apelará sentencia por colusión, en la compra irregular de cámaras de seguridad para el distrito Alto Selva Alegre.
Wilder Pari
En poco tiempo la sonrisa se le esfumó del rostro. A las diez de la mañana, el alcalde de Arequipa, Omar Candia, llegó feliz al Coliseo Arequipa vestido de Papá Noel para una entrega de regalos. Dos horas más tarde, un juez lo condenaba a seis años de cárcel por el delito de colusión. En la tarde, que presidió la sesión de concejo, su humor ya no era el mismo, menos de sus colaboradores y personal de seguridad (ver nota siguiente).
La sentencia fue dictada por el juez de Corrupción de Funcionarios, Max Vengoa Valdiglesias, en un adelanto de fallo. Para el magistrado, Candia y otras cinco personas se coludieron en una irregular contratación y ejecución de instalación de videocámaras de seguridad, en Alto Selva Alegre. En el 2012, Candia era alcalde de esa jurisdicción.
Por este mismo proceso, el burgomaestre fue absuelto el año pasado en primera instancia. Pero ante la apelación, una sala determinó un nuevo juicio. El argumento, se cuestionó el papel del juez Roberto Salas, que condenó a los otros imputados y limpió a Candia y a su gerente Daniel Gómez.
Los condenados son ahora Gómez Benavente (actual gerente municipal de la MPA), Juan Lipe Lizárraga y Reynaldo Díaz Chilo. Además, José Ríos Sánchez (representante de la empresa que instaló las cámaras) y Sandro Martínez Sardón (consultor del proyecto).
El juez señaló que la sentencia se ejecutará cuando quede consentida, lo que según juristas, implica que recién podrá aplicarse luego del fallo en segunda instancia. Las partes anunciaron ayer que apelarán. La lectura integral será el 6 de enero.
La culpabilidad
Durante la lectura, el juez Vengoa enfatizó que Candia, en su condición de titular del pliego, no tomó acciones ante las irregularidades en el proceso, a pesar que fue advertido. Añadió que por su experiencia en gestión pública y abogado, conocía las leyes de contratación en el Estado.
El Municipio de Alto Selva Alegre compró cámaras para instalarlas en el distrito a fin de mejorar la seguridad. Se invirtió más de dos millones de soles.
Contraloría detectó irregularidades en la licitación y elaboró un informe, a partir del cual actuó el Ministerio Público. El fiscal Rubén Núñez estuvo a cargo del caso.
Entre las irregularidades, el encargado del expediente del proyecto, Sandro Martínez Sardón, compartía domicilio con los almacenes del consorcio ganador, Soluciones Andinas. Eso revela una colusión entre proveedor y el solicitante.
La firma ganó a pesar que incumplía las bases, como experiencia en proyectos similares.
El Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), planteó a Candia la nulidad del proceso. Su respuesta fue derivarlo a Asesoría Legal, que desestimó el pedido.
El juez señaló que Candia tampoco actuó ante cambios del expediente del proyecto e incumplimientos de plazo, igualmente no penalizó a la empresa y se le pagó incluso con pagos parciales, cuando la cancelación debía ser al término de obra.
Por el daño ocasionado al Estado, se dispuso una reparación civil conjunta, de S/ 2 100 010.58; además de S/ 36 929.04 en favor de Seal, pues sin permiso, se utilizaron postes de la entidad para la colocación de las videocámaras.
Respuestas
La sentencia provocó un remezón en el municipio provincial. Luego de una accidentada sesión de concejo, Omar Candia declaró. "Si no he cometido ningún delito, ¿por qué tendría que ir a la cárcel?”. Añadió que no hay pruebas en su contra y que apelará. Mientras tanto, el primer regidor, Ángel Linares, dijo sentirse preparado para ocupar la alcaldía, en caso la sentencia sea confirmada en segunda instancia.
ENFOQUE
Jorge Luis Mamani, Abogado
Sentencia todavía no se ejecuta
En el adelanto de sentencia no se ha mencionado la ejecución de la pena, pese a ser mayor de cinco años; por lo que estaríamos en una figura donde su aplicación se daría una vez que quede consentida.
Aunque el Código Procesal Penal establece que una apelación no suspende la ejecución de la condena, también precisa que si se impone pena privativa de la libertad, el juez podrá optar por su inmediata ejecución o imponer algunas de las restricciones. La regla es la ejecución provisional de la sentencia, pero también el juez puede decidirse por la suspensión de la ejecución.
Y al no haberse dictaminado pena de inhabilitación, tampoco esta correspondería al actual cargo de alcalde.