Política

Martín Vizcarra: Fiscalía presenta denuncia constitucional contra expresidente por caso pruebas rápidas de Covid-19

La denuncia constitucional también alcanza a María Antonieta Alva Luperdi y Víctor Marcial Zamora Mesía, exministros de Economía y Salud, respectivamente, durante el Gobierno de Martín Vizcarra.

Fiscalía presenta denuncia constitucional contra Martín Vizcarra y exministros. Foto: composición LR
Fiscalía presenta denuncia constitucional contra Martín Vizcarra y exministros. Foto: composición LR

El Ministerio Público presentó una denuncia constitucional contra el expresidente Martín Vizcarra y los exministros María Antonieta Alva y Víctor Zamora por el presunto delito de colusión agravada a causa de la compra directa de 1 400.000 (un millón cuatrocientas mil) pruebas rápidas durante el inicio de la pandemia a causa del Covid-19. La Fiscalía sostiene que hubo una concertación ilegal con empresas proveedoras tras una reunión clave en el Ministerio de Economía, lo que comprometería la transparencia de uno de los contratos más importantes que se realizaron el primer año de emergencia sanitaria.

Por otro lado, la Fiscalía decidió no formular cargos por omisión de funciones en relación con la demora en la adquisición de vacunas contra la COVID-19. Esta decisión exime de responsabilidad a Martín Vizcarra, en su condición de presidente; María Antonieta Alva, Pilar Mazzetti y Gustavo Meza-Cuadra, en sus actuaciones como ministros de Economía, Salud y Relaciones Exteriores, respectivamente; por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, en agravio del Estado.

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Los hechos están referidos a la investigación seguida por la presunta demora en adoptar medidas y realizar las gestiones necesarias a fin de adquirir las vacunas contra la enfermedad del coronavirus Covid-19 para la inmunización inmediata de la población.

¿Por qué se les acusa del delito de colusión agravada?

La Fiscalía sostiene que Martín Vizcarra, entonces presidente, junto a la exministra de Economía María Antonieta Alva y el extitular de Salud Víctor Zamora, habrían aprovechado el contexto de la emergencia sanitaria por la Covid-19 para beneficiar ilegalmente a dos empresas privadas mediante una contratación directa. Según la denuncia, los exfuncionarios habrían concertado con NIPRO Medical Corporation y Multimedical Supplies S.A.C. para la adquisición de pruebas rápidas por más de 6.5 millones de dólares, a través de PERÚ COMPRAS y el Instituto Nacional de Salud.

El Ministerio Público considera que esta presunta concertación configura un acto de defraudación al Estado, no solo en términos económicos, sino también sociales, al haberse perpetrado en un momento de alta vulnerabilidad nacional. Los hechos descritos se enmarcan en el artículo 384 del Código Penal, que sanciona con hasta 15 años de prisión a los funcionarios que, valiéndose de su cargo, intervienen ilegalmente en contrataciones públicas en perjuicio del erario nacional.

¿Por qué se concluyó no brindar cargos por omisión de cargo?

Se concluyó no brindar cargos por omisión de su cargo contra los investigados Martín Vizcarra, Pilar Mazzetti, María Antonieta Alva, Gustavo Meza Cuadra y otros, por las siguientes razones:

  • Existencia de acciones concretas para adquirir vacunas: Desde junio de 2020, el gobierno peruano, bajo la presidencia de Vizcarra, inició gestiones activas y documentadas para acceder a vacunas contra la COVID-19.
  • No había vacunas aprobadas aún: Durante el mandato de Vizcarra, ninguna vacuna había sido aprobada oficialmente. Las vacunas estaban en fase de ensayos clínicos, por lo que no podían celebrarse contratos definitivos.
  • Acciones adecuadas según el contexto: La estrategia adoptada (negociar acuerdos antes de la aprobación final) fue la misma que utilizaron muchos países para asegurarse el acceso temprano a las vacunas. Esta fue considerada una práctica razonable y prudente frente a la demanda global.
  • No se identificó dolo ni ilegalidad.

Teniendo en cuento estos puntos, el Ministerio Público determinó que no existía ilegalidad en las acciones u omisiones imputadas, por lo que se ordenó archivar la investigación al no hallar elementos de convicción.

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