Política

El gran error de Delia Espinoza: investigación contra Zoraida Ávalos no cumple los requisitos de crimen organizado

Tanto la Ley 30077 y la nueva Ley 32108 no establece que los delitos de encubrimiento personal, real y prevaricato, sean parte de organización criminal.

La fiscal de la Nación abrió investigación contra Zoraida Ávalos por organización criminal. Foto: composición Jazmin Ceras/ La República.
La fiscal de la Nación abrió investigación contra Zoraida Ávalos por organización criminal. Foto: composición Jazmin Ceras/ La República.

La investigación que dispuso la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, contra la fiscal suprema Zoraida Ávalos por los delitos de encubrimiento personal, real y prevaricato, cometidos como parte de una organización criminal, colisiona con los presupuestos establecidos en la antigua y nueva ley para este tipo de delito. Lo cual pone en evidencia que la denuncia de parte presentada por los abogados Luis Francia y Luis Pacheco Mandujano tiene objetivos políticos que buscarían desprestigiar el acuerdo de colaboración eficaz con la constructora Odebrecht.

Tanto la Ley 30077 de crimen organizado, que fue modificada por el Congreso en la Ley 32108 y promulgada por el Poder Ejecutivo, no establece que el cuerpo de delitos que la fiscal de la Nación tomó como referencia para abrir investigación a Zoraida Ávalos sean parte de los ilícitos cometidos por una organización criminal.

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"La modificación de la ley de crimen organizado que impuso el Congreso tiene que ver con delitos patrimoniales; es decir, cuando integrantes de un grupo delictivo puede extraer beneficios patrimoniales. Una de las modificaciones más importantes es que la presunta organización criminal debería tener como objetivo el control de una actividad económica, por lo que la denuncia presentada no cumple con esos requisitos", dijo Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL).

El error de la fiscalía se repite en la investigación que tiene el fiscal supremo José Fernando Timarchi Meléndez, de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos de funcionarios públicos, contra el fiscal superior y coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba, por los acuerdos con empresa brasileña Odebrecht, fuera del marco del acuerdo de colaboración eficaz.

"Es un exceso de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza abrir investigación contra Zoraida Ávalos. La indagación colisiona los presupuestos de la ley vigente de crimen organizado, incluso con la anterior ley. La posibilidad de sostener relatos verificables y corroborables de los denunciantes sobre qué roles han cumplido la presunta organización es una tarea bastante difícil, sobre todo, si los denuncian en el ejercicio de una función legalmente establecida", apuntó Carlos Rivera a este medio.

En esa crítica, el abogado César Nakazaki también cuestionó la investigación contra Ávalos y Vela que involucra, además, a la procuradora ad hoc Silva Carrión y al ex procurador Jorge Ramírez. Sobre ello, calificó la medida como " un error", debido a que el acuerdo con Odebrecht se realizó bajo el amparo de las convenciones de Mérida y Palermo, no del Código Procesal Penal, por lo que la investigación recae en un "desconocimiento en derecho internacional".

"La organización criminal tiene por objeto la comisión de un número determinado de delitos, y jamás un fiscal podría calificar como objeto de organización criminal la celebración de acuerdos que están respaldados en tratados internacionales, cuya legalidad está establecida por el Poder Judicial a través de la sentencia de homologación", dijo César Nakazaki a La República.

El letrado señaló que la colaboración eficaz de Odebrecht ha sido la más compleja en la historia judicial por su magnitud, ya que, se tuvieron que aplicar herramientas de derecho internacional poco desarrolladas en Perú como la cooperación penal, inmunidad judicial, etc.

"Es injustificable que una pelea con fiscales del Equipo Lava Jato genere denuncias por acuerdos de inmunidad con los fiscales de Brasil, Odebrecht y sus ejecutivos; celebrados antes del acuerdo de colaboración eficaz, que permitieron flujo importante de información para casos penales", sentenció.

Cabe destacar que los abogados Luis Francia y Luis Pacheco Mandujano son representantes del empresario Gonzalo Monteverde, quien se encuentra desde el 2018 prófugo de la justicia. Sobre Monteverde, la fiscalía lo acusa de lavar dinero de origen ilícito de la empresa brasileña, pero Odebrecht no está incluida en el proceso.

Francia y Pacheco Mandujano fueron citados para ratificar su denuncia este martes, 11 de febrero en el despacho del fiscal Timarchi, en calidad de testigos. Ambos deben sustentar la denuncia y presentar las pruebas o indicios de los presuntos delitos cometidos por el fiscal coordinador del caso Lava Jato.

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