Política

El TC dilata más su decisión sobre la JNJ

Aunque el plazo para emitir sentencia sobre la demanda competencial del Congreso contra el Poder Judicial venció, convocan a Aldo Vásquez a una audiencia pública. Hace tres meses declararon improcedente su pedido de reprogramarla.  

El Tribunal Constitucional se ha convertido, en la práctica, en un ente funcional a las necesidades del Legislativo.
El Tribunal Constitucional se ha convertido, en la práctica, en un ente funcional a las necesidades del Legislativo.

Todo hace indicar que el Tribunal Constitucional (TC) quiere ganar tiempo en el caso de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Esta vez ha convocado al magistrado Aldo Vásquez para una audiencia pública a fin de que exponga su posición frente a la demanda competencial presentada por el Poder Legislativo en contra del Poder Judicial, luego de que la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior ordenara reponerlo a él y a Inés Tello en la JNJ.

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La vista de la causa (es decir, el informe oral de las partes) fue el 10 de julio, en Arequipa. Lo curioso es que aquella vez el mismo TC declaró infundada (por mayoría) una solicitud del propio Vásquez para que se reprograme la audiencia con la finalidad de preparar de manera adecuada su defensa. Vásquez alegó que se le avisó con muy poco tiempo. Casi tres meses después el TC recapacita y decide convocarlo.

Todo esto mientras existe un dictamen aprobado en la Comisión de Constitución que preside Fernando Rospigliosi de Fuerza Popular, el cual reduce de cinco a cuatro los votos necesarios para declarar fundada una demanda competencial.  Fuentes con conocimiento del proceso señalan que solamente habría cuatro magistrados en el TC que le darían la razón al Congreso. 

De esta manera, el escollo estaría superado si es que el Pleno aprueba el dictamen. Este dice expresamente en una disposición que las modificaciones en las reglas procesales serán de aplicación inmediata para las causas que se encuentran en trámite ante el TC. 

Plazos vencidos

Para Omar Cairo, abogado de la magistrada Tello, “todo esto es muy peligroso” porque el proceso ya se encuentra listo para sentencia y por lo tanto las reglas que se deben aplicar “son las vigentes”.

“Señalar una fecha para una nueva audiencia genera la posibilidad de que se apruebe en el Pleno el inconstitucional proyecto con el cual se busca reducir de cinco a cuatro los votos para declarar fundada una demanda competencial. Si ocurre eso sería institucionalmente muy grave, se estaría repitiendo lo que se hizo con la Ley Cantuta en 1994. El daño a la democracia sería gravísimo. Considero necesario alertar a la ciudadanía para evitar que esa probable maniobra parlamentaria se concrete”, declaró Cairo.

Todos estos hechos -la demora del TC en dar una sentencia sobre un caso tan relevante, buscar la manera de alargar el proceso con una audiencia negada tres meses antes y el dictamen promovido por el fujimorismo y sus satélites- no dan la impresión de estar aislados.

Es más, los plazos para que el máximo intérprete constitucional anuncie su decisión ya se encuentran vencidos. El Código Procesal Constitucional señala en su artículo 111 que una demanda competencial se regula de acuerdo con los procedimientos del proceso de inconstitucionalidad, el cual otorga treinta días de plazo para la emisión de sentencia luego de la vista de la causa. Eso venció en agosto.

En su fundamento de voto el miembro del TC, Manuel Monteagudo, advirtió que si bien se encuentra de acuerdo “como cuestión de principio” en darle la palabra a Vásquez, esto se decide con un “retraso injustificado” que “impide la resolución oportuna y definitiva” de una causa en la que “no solo el ejercicio de las competencias de dos órganos estatales se encuentra comprometido sino también los derechos del peticionante (Vásquez) y de otra persona natural, Luz Inés Tello”.

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