Política

¿Quién puede publicar encuestas o sondeos?

Según el reglamento del JNE, toda encuestadora debe estar inscrita en el Registro Electoral de Encuestadoras (REE) y consignar ficha técnica.

Para evaluar la validez de la encuesta, se tiene que revisar si la encuestadora está inscrita en el REE. Foto: PerúCheck
Para evaluar la validez de la encuesta, se tiene que revisar si la encuestadora está inscrita en el REE. Foto: PerúCheck

Como es costumbre en cada contienda electoral, las encuestas y sondeos de opinión son compartidos con mucha frecuencia por diferentes medios de comunicación. Sin embargo, a veces son publicadas por organizaciones de muestreo electoral que falsifican datos o no trabajan con rigurosidad.

En redes sociales, existen múltiples páginas que comparten o elaboran los sondeos de opinión, pero no aclaran que estos no cuentan con rigor científico y que son referenciales. Además, estos servirían para confundir al elector y crear un clima de confusión.

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La encuestadora no está registrada en el REE/ Fuente: Facebook

La encuestadora no está registrada en el REE/ Fuente: Facebook

¿Quiénes están facultados para elaborar encuestas?

Según la Resolución n.° 0309-2020-JNE, solo son válidas las encuestas o sondeos elaborados por las encuestadoras que están registradas en el Registro Nacional de Encuestadoras; asimismo, los medios de comunicación que compartan esta información deben consignar de manera visible los siguientes datos:

  • Número de registro de la encuestadora en el REE del JNE
  • Nombre de la encuestadora
  • Financiación del estudio
  • Tamaño de la muestra
  • Margen de error
  • Nivel de confianza
  • Fecha de realización del trabajo de campo
  • Puntos de muestreo
  • Página web
  • Cuestionario para estudio de intención de voto y cédula para simulacro de votación.

Diferencias entre una encuesta y un sondeo

Según la Resolución n.° 435-2014-JNE, se define:

  • Encuesta electoral: actividad técnica sobre intención de voto que se realiza respecto a una elección o consulta popular, con base en una investigación social, que permite conocer las opiniones y actitudes de una colectividad por medio de un cuestionario que se aplica a un limitado grupo de sus integrantes al que se denomina muestra.
  • Sondeo de opinión: procedimiento de recopilación de datos que utilizan los medios de comunicación y las encuestadoras que carecen de sustento científico.

Cómo reconocer una encuesta falsa o inválida

Hay que dirigirnos al REE y ver si dicha encuestadora está inscrita. Si la publicación usa el nombre de alguna encuestadora reconocida, hay que dirigirnos a la página web de dicha organización y ver si ha realizado el trabajo que circula; de no ser así, la encuesta es falsa.

Por último, si cualquier encuestadora o medio de comunicación empieza a compartir un sondeo sin una ficha técnica y oculta los datos importantes consignados en el reglamento, es inválida.

Según el especialista en temas electorales y abogado José Villalobos, una empresa cualquiera puede hacer un sondeo, pero no puede publicarlo sin la aclaración pertinente. Indica también que cualquier persona puede denunciar ante el JNE a los medios o a la encuestadora con estos requisitos.

Sobre los sondeos de opinión

La Resolución n.° 435-2014-JNE también dispone que los medios no necesitan estar inscritos en el REE; pero los sondeos de opinión que realicen en redes sociales o cualquier otro medio sobre materia electoral deben consignar de manera continua la siguiente frase: “Los resultados de este sondeo son referenciales y no tienen sustento científico”. De no ser así, serán sancionados.

Explicador elaborado por Breiner Oquendo para la alianza PerúCheck.

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