Política

Congreso: presentan proyecto para que solo los expresidentes elegidos puedan gozar de pensión vitalicia

Proyecto de ley también propone dejar sin efecto otros beneficios para expresidentes, como acceso a un vehículo, un asistente y vales de combustible.

Franciso Sagasti, Martín Vizcarra y Manuel Merino no fueron electos por decisión popular, por lo cual la Comisipon Foto: composición Jazmín Ceras/La República
Franciso Sagasti, Martín Vizcarra y Manuel Merino no fueron electos por decisión popular, por lo cual la Comisipon Foto: composición Jazmín Ceras/La República

El congresista de Cambio Democrático Edgard Reymundo presentó un proyecto de ley para establece que los expresidentes de la República elegidos por voto popular solo reciban la pensión vitalicia como único beneficio tras dejar Palacio de Gobierno.

El proyecto de ley 2660/2021-CR propone modificar el artículo 1 de la Ley 26519, ley que establece pensión para expresidentes constitucionales de la República, a fin de agregar el siguiente enunciado:

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“Esta pensión será el único beneficio que perciban por haber ejercido el cargo al que fueron elegidos constitucionalmente. Los vicepresidentes y el presidente del Congreso que asuman las funciones temporales del presidente de la República no gozarán de dicha pensión”.

La iniciativa también busca cambiar el artículo 4 de la referida norma con el objetivo de que se derogue “toda disposición que haya dispuesto otro beneficio adicional” a los exmandatarios.

De ser aprobada la propuesta legislativa, quedaría sin efecto el Acuerdo de Mesa Directiva 078-2016-2017/MESA-CR, que otorga a los expresidentes el préstamo de un vehículo, un asistente con un sueldo no mayor a 3.700 soles y vales de combustible con un tope de 150 galones mensuales.

Sagasti, Merino y Vizcarra solicitaron pensión vitalicia

En 2021, los expresidentes Francisco Sagasti y Martín Vizcarra, así como el exmandatario de facto Manuel Merino, remitieron sus solicitudes al Congreso para acceder a la pensión vitalicia y otros beneficios.

Pese a que la normativa vigente sí contempla a Vizcarra Cornejo como beneficiario, este no puede percibir los 15.600 soles debido a que ha sido acusado constitucionalmente por el Parlamento. Por ello, la gracia queda suspendida.

En el caso de Sagasti y Merino, la Comisión de Constitución aprobó una opinión consultiva que recomienda no considerar a los expresidentes del Congreso que asumieron el Gobierno por sucesión constitucional.

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