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Política

Dictan impedimento de salida del país contra Hugo Chávez, Samir Abudayeh y Karelim López

Poder Judicial accedió al requerimiento del Ministerio Público y ordenó impedimento de salida del país por 8 meses en el marco de las investigaciones por presunto favorecimiento en compra de biodiésel.

Hugo Chávez, Samir Abudayeh y Karelim López son investigados por la presunta comisión de colusión simple y negociación incompatible. Foto: composición/La República
Hugo Chávez, Samir Abudayeh y Karelim López son investigados por la presunta comisión de colusión simple y negociación incompatible. Foto: composición/La República

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima y Crimen Organizado del Poder Judicial ordenó impedimento de salida del país contra Hugo Chávez (presidente de Petroperú), la empresaria Karelim López y el dueño de Heaven Petroleum Operators, Samir Abudayeh. Ello ocurrió en el marco de las investigaciones por el presunto favorecimiento en la adjudicación de 280.000 barriles de biodiésel B100.

La medida también fue interpuesta contra Muslaim Jorge Abusada, gerente de cadena de suministro; Gunther Documet Celis, gerente de distribución de Petroperú; Roger Daniel Liy, gerente del Departamento de Compras de Hidrocarburos; Carlos Alberto Siles; y Gregorio Saenz Moya.

Foto: documento

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“Es necesario se fije la limitación al derecho de libre tránsito, lo que a su vez permitirá se lleven a cabo las diligencias programadas por el titular de la acción penal, como son la toma de declaración de los investigados y la diligencia de visualización, extracción y recuperación de información de equipos de cómputo y otros, además de la visualización de material de video (que corresponde a los investigados Abudayeh Giha, López Arredondo, Saenz Moya y Chávez Arévalo), entre otros actos de investigación”, se lee en los fundamentos resolución.

En el caso de Chávez Arévalo, Abudayeh Giha, López Arredondo y Saenz Moya, el Ministerio Público aseveró que su asistencia es esencial para el “reconocimiento de imágenes de cada uno de los videos que han sido recabados por el titular de la acción penal y, en el caso de Siles Chehade, pueda reconocer los documentos que habría recibido y remitido”.

“En ese sentido se afecta la libertad de tránsito en salvaguarda del interés estatal de la persecución y sanción penal, siendo que los hechos ilícitos materia de esclarecimiento corresponden a delitos que afectan gravemente la administración, lo que permite proceder con la imposición de la medida”, añade el juez Manuel Chuyo.

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