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Política

Presentan PL para que un presidente pueda ser acusado por organización criminal y corrupción

La bancada del Partido Morado presentó el proyecto que precisa que la acusación solo procedería con una votación no menor a los dos tercios del número legal de miembros del Congreso.

Los congresistas morados que entraron al Congreso son Susel Paredes, Flor Pablo y Edward Málaga. Foto: Partido Morado
Los congresistas morados que entraron al Congreso son Susel Paredes, Flor Pablo y Edward Málaga. Foto: Partido Morado

La bancada del Partido Morado en el Congreso presentó un proyecto de ley de reforma constitucional para que un presidente de la República pueda ser acusado por delitos como organización criminal y corrupción de funcionarios mientras aún se encuentre durante su periodo.

La iniciativa lleva las firmas de los tres legisladores que conforman la bancada: Edward Málaga-Trillo, Susel Paredes y Flor Pablo.

Proyecto de ley presentado por la bancada del Partido Morado. Foto: @despacho_emt / Twitter

Proyecto de ley presentado por la bancada del Partido Morado. Foto: @despacho_emt / Twitter

El documento propone que le artículo 117 de la Constitución Política sea modificado, ya que actualmente contempla que un jefe de Estado solo puede ser acusado durante su función por delitos como traición a la patria; impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso —a excepción de los casos contemplados en el artículo 134 de la Constitución—; e impedir su reunión y funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y otros organismos del sistema electoral.

De esta manera, el presidente de la República podría ser acusado por presunta comisión del delito de organización criminal o los siguientes delitos de corrupción de funcionarios: cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio, cohecho activo transnacional, cohecho activo específico, negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo, tráfico de influencias, o enriquecimiento ilícito.

Una precisión en el documento es que dicha acusación solo procedería con una votación no menor a los dos tercios del número legal de miembros del Congreso, sin contar a los integrantes de la Comisión Permanente.

En la exposición de motivos, el proyecto de ley explica que gracias a esta iniciativa “ya no será necesario acudir a una figura tan amplia como la permanente incapacidad moral del Presidente de la República, por cuanto el fundamento empleado para ello ahora se podrá reconducir por el artículo 117 de la Constitución, pero con mayores controles a fin de evitar abusos”.

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