Política

Parlamento decidiría qué vehículos pueden ser usados como colectivos

Próximo pleno aprobaría en segunda votación si los automóviles Sedan, Station Wagon y miniván son incluidos en ley que regula el transporte terrestre de personas en vehículos colectivos

El Congreso podría aprobar en los próximos días la incorporación de más categorías de vehículos para el transporte colectivo, a través del texto sustitutorio que recoge varios proyectos de ley aprobados en primera votación por el Parlamento disuelto.

Este texto se enmarca en la ley 28972 -que establece la formalización del transporte terrestre de personas en automóviles colectivos- y será sometido a segunda votación en el próximo pleno del Legislativo, de acuerdo a la agenda que la Junta de Portavoces ha priorizado.

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Así lo confirmaron a La República la vocera alterna de la bancada de Acción Popular, Mónica Saavedra, y el portavoz del Partido Morado, Francisco Sagasti.

Este explicó que el texto sustitutorio podría ser sometido a votación por el pleno o ser devuelto a la Comisión de Transportes y Comunicaciones.

Sostuvo que la bancada del Partido Morado discrepa con su aprobación, en vista del estado de emergencia por la epidemia del coronavirus y señaló que debería regresar a la comisión mencionada.

Mónica Saavedra indicó que su bancada tomará una posición en los próximos días, aunque desde su punto de vista este tema “no es el más adecuado” frente a la pandemia del COVID-19.

Entre noviembre del 2016 y junio del 2017, se presentaron ocho proyectos de ley en el Parlamento con la finalidad de incluir en los alcances de la ley 28972 vehículos tipo sedán, station wagon o incluso miniván como automóviles colectivos para el transporte de personas.

La mayoría de estos proyectos fueron de autoría de diversos congresistas de Fuerza Popular, entre ellos Sonia Echevarría, Nelly Cuadros, Freddy Sarmiento, Miky Dipas, Lucio Ávila y Karina Beteta.

El texto sustitutorio que ahora se pretende poner a votación fue aprobado el 7 de diciembre del 2017 y reúne los mencionados ocho proyectos de ley. En él se señala que se precise que los automóviles colectivos a los que se refiere la ley 28972 son los vehículos de clasificación M1 (con carrocería sedan o station wagon).

En su segundo artículo, se dispone que se incluya a aquellas unidades de clasificación vehicular M2 (con más de 8 plazas, excluida la del conductor). Es decir, las minivan.

En su disposición transitoria señala además que será la Superintendencia de Transporte de Pasajeros, Carga y Mercancía (SUTRAN) la que implemente la relación oficial, a nivel nacional, de empresas de transporte que utilicen vehículos M1 y M2.

El texto fue aprobado en primera votación en aquel entonces por 49 congresistas (40 del fujimorismo), 15 votos en contra, y 9 abstenciones.

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