Política

Blume sobre caso Keiko: “El tribunal no ha declarado su absolución ni la ha condenado” [VIDEO]

Asimismo, señaló que el Tribunal Constitucional no ha juzgado el tema de fondo del caso de Keiko Fujimori.

Composición: La República.
Composición: La República.

Cuatro de los siete magistrados del Tribunal Constitucional optaron por votar a favor de la libertad de Keiko Fujimori, luego que su hermana, Sachie Fujimori, presentara un hábeas corpus ante el organismo.

En conferencia de prensa en solitario (sin los demás magistrados del Pleno), el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, señaló que si bien han optado por anular la prisión preventiva contra Keiko Fujimori, no han declarado su absolución.

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Buscó aclarar también que el organismo no ha juzgado el tema de fondo del caso de la excandidata presidencial.

“Dejo aclarado que el Tribunal Constitucional no ha juzgado el tema de fondo del caso de la ciudadana Keiko Sofía Fujimori Higuchi, no ha declarado su absolución ni la ha condenado, lo cual es responsabilidad exclusiva del Poder Judicial, que el Tribunal Constitucional respeta de manera escrupulosa”, expresó Ernesto Blume.

“El Tribunal Constitucional asumiendo su responsabilidad constitucional y no lavándose las manos, ni mucho menos actuando en forma pusilánime, ha acordado por decisión mayoritaria aceptar el hábeas corpus [...] resolviendo con los votos a favor de los magistrados Blume Fortini (ponente de la causa), Ramos Núñez, Sardón de Taboada y Ferrero Costa, y los votos en contra de Miranda Canales, Ledesma Narváez y Espinosa-Saldaña Barrera declarar fundada la demanda de hábeas corpus por afectación del derecho de la libertad personal”, adicionó.

Blume adicionó que con la determinación tomada por la mayoría del Pleno “se declara nula la resolución 7 de fecha 31 de octubre de 2018, expedida por el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional (Richard Concepción Carhuancho); nula la resolución 26 de fecha 3 de enero de 2019, expedida por la Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior de Justicia; nula la ejecutoria del 9 de agosto del 2019, expedida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la Justicia; y se retrotraen las cosas al estado anterior a la emisión de las resoluciones anuladas y disponer la inmediata libertad de la favorecida Keiko Fujimori”.

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