Pedro Patrón Bedoya renuncia a la JNJ
Condena firme. Corte Suprema resolvió que su sentencia está firme y consentida y que la prescripción fue mal concedida.
Por: César Romero C.
El abogado Pedro Patrón Bedoya renunció ayer irrevocablemente a integrar la Junta Nacional de Justicia por la suspensión de su juramentación, luego de que La República publicó que tiene un proceso penal en trámite.
Insistió en que el 14 y 18 de junio respondió a la Comisión Especial sobre el juicio en curso que tenía por falsedad ideológica y no recibió ninguna observación, quedando apto para pasar la entrevista.
Entonces, llama la atención que los integrantes de la comisión no hayan preguntado en la entrevista personal nada sobre dicho proceso, que aún se encuentra en trámite.
Según diversas fuentes, luego de que se reveló la existencia de ese juicio, los comisionados le preguntaron al secretario técnico, Magno Abraham García Chávarri, si sabía de este proceso. García respondió afirmativamente y señaló que lo había informado al pleno; sin embargo, nadie lo recuerda.
Las fuentes señalan que García Chávarri no habría insistido con el tema porque supuestamente el caso había sido declarado prescrito por el Poder Judicial.
La República ha podido tener acceso a documentos del expediente judicial seguido a Patrón Bedoya. Si bien el 24 de marzo del 2017 la Sala Superior Liquidadora de Lima declaró prescritos los cargos en su contra, esto ha sido cuestionado por la Corte Suprema de Justicia.
De acuerdo con los documentos judiciales, el 13 de octubre del 2015, Patrón fue condenado a cuatro años de prisión suspendida por tres de reglas de conducta y no apeló. La Fiscalía tampoco impugnó. Al no apelar se consintió la pena y esta quedó firme.
La Procuraduría de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional impugnó el monto de la reparación civil y es sobre esto que debía pronunciarse la Sala Superior, excediéndose al declarar prescrito todo.
Por esto, la Sala Penal de la Corte Suprema concedió un recurso de nulidad, sobre lo que deberá pronunciarse en las siguientes semanas, tras la opinión de la Fiscalía.
Afecta debido proceso
- La Corte Suprema ha dicho que la sentencia de prescripción afecta el debido proceso y el derecho de defensa del Estado, pues se pronuncia sobre un tema que no fue apelado. El juez superior no puede oficiar la resolución impugnada en perjuicio del apelante, en este caso la APCI.