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Toque de queda: ¿cuáles son las sanciones por circular en Ecuador?

El decreto firmado por el Presidente de Ecuador, Daniel Noboa, estableció un toque de queda que rige 60 días a nivel nacional.

Conoce las sanciones que puede llevar quedar el toque de queda en Ecuador. Foto: composición LR/Freepik/Policía Nacional EC
Conoce las sanciones que puede llevar quedar el toque de queda en Ecuador. Foto: composición LR/Freepik/Policía Nacional EC

Ecuador se encuentra en momentos críticos, luego de conocerse la fuga de los máximos líderes de grupos criminales,; entre ellos, 'Fito', líder de Los Choneros. En respuesta a ello, el presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, estableció un toque de queda, situación que restringe la libertad de tránsito a nivel nacional. ¿Sabes cuáles son las sanciones? En la siguiente nota te contamos todos los detalles.

¿Cuáles son las sanciones por quebrar el toque de queda en Ecuador?

De acuerdo con el artículo 7 del anuncio presidencial, se señala que "se restringe la libertad de tránsito a partir de la expedición del presente Decreto Ejecutivo, desde las 11.00 p. m. hasta las 5.00 a. m.".

El mismo comunicado precisa que "las personas que circulen durante el horario de toque de queda serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente".

Según el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) de Ecuador, señala las sanciones del incumplimiento de las normas decretadas por las autoridades competentes.

"La persona que incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años", se agrega.

 Tras el anuncio de Daniel Noboa, presidente de Ecuador, del estado de excepción, se han realizado actos delincuenciales. Foto: composición LR

Tras el anuncio de Daniel Noboa, presidente de Ecuador, del estado de excepción, se han realizado actos delincuenciales. Foto: composición LR

Toque de queda: ¿quiénes pueden transitar en Ecuador?

En el decreto emitido desde Palacio de Carondelet, señala que existen algunas excepciones para algunos sectores, entre los que se encuentran.

  • Servicios de salud de la red pública y privada.
  • Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del toque de queda.
  • Trabajadores de medios de comunicación social, siempre que acrediten la necesidad.
  • Miembros de la fuerza pública.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Contratistas públicos.
  • Funcionarios de entidades gubernamentales: Presidencia de la República, Vicepresidencia, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior.

Periodista y bachiller graduado de la UPC con mención en deportes. Actualmente redactor web de LATAM. Interesado en temas de internacionales, deportes, actualidad, pero siempre un curioso empedernido.