Home office por lluvias en Ciudad de México: ¿qué establece la Ley Federal del Trabajo?
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) de la CDMX exhorta a los empleadores a ser comprensivos con las dificultades que puedan tener los trabajadores a casua de las intensas lluvias.
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Las intensas lluvias en CDMX han llegado a anegar la ciudad, provocando que las personas tengan dificultades para llegar a sus centros laborales. Desde la semana pasada, las tormentas generaron serios problemas en diversos puntos de la capital, la cancelación de algunas líneas del Metro y encharcamientos en diferentes alcaldías. La oposición critica a Morena por una mala gestión para afrontar esta mala temporada.
La Secretaría del Agua de la CDMX sostuvo que hubo lluvias atípicas nos registradas desde el 2017. En este sentido, la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) de la CDMX recomendó que se instaure la modalidad home office para que los trabajadores no tengan tantas dificultades para llegar a su centro de trabajo.
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México: ¿qué dice la Ley del Trabajo sobre llegar tarde por lluvias?
La Ley Federal del Trabajo no considera las lluvias como una causa válida para faltar o llegar tarde al trabajo. Faltar al trabajo por lluvias sin previa autorización podría considerarse una falta injustificada. Sin embargo, el artículo 42 establece que un trabajador puede suspender temporalmente sus labores cuando existan causas de fuerza mayor que impidan prestar sus servicios.
Aunque las lluvias intensas en CDMX no eximen al trabajador de cumplir con sus horarios ni asistir de manera presencial, la Secretaría de del Trabajo y Previsión Social, si las condiciones ponen en peligro al trabajador, el empleador debe contemplar algunas medidas como lestablecer la modalidad home office. “La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo hace un llamado a los empleadores a ser comprensivos con las y los trabajadores que enfrentan dificultades para llegar a sus centros de trabajo”, indicó la dependencia a través de sus canales oficiales.
Home Office en México: ¿cómo está regulado?
El home office o teletrabajo fue formalmente incorporado a la Ley Federal del Trabajo en 2021, como respuesta a la transformación laboral provocada por la pandemia de COVID-19. Desde entonces, este modelo requiere acuerdos específicos por escrito, que definan herramientas de trabajo, horarios, responsabilidades y respeto al derecho a la desconexión digital.
Para que el trabajo remoto se aplique ante contingencias como lluvias, la ley exige una relación laboral previamente establecida con la posibilidad de teletrabajo por condiciones climáticas. Las empresas deben prever estas situaciones dentro de sus políticas internas. De acuerdo con la STPS, es responsabilidad del patrón establecer medidas que protejan la salud y seguridad del trabajador, incluyendo la opción de laborar a distancia.
En este sentido, las obligaciones del empleador incluyen evaluar las condiciones externas que puedan afectar el rendimiento o la seguridad del personal. La normativa laboral por clima no obliga a conceder el home office automáticamente por lluvia, pero sí abre la puerta a negociaciones justas y medidas proporcionales.