Por Humberto Campodónico Hace dos días, el premier Javier Velásquez Quesquén se reunió con los presidentes de los gobiernos regionales de Arequipa, Cusco y Apurímac y les garantizó que el gasoducto sur andino contará con 160 millones de pies cúbicos diarios (mmpcd) para atender el gasoducto andino. En la reunión –en la que también estuvo presente el ministro de Energía, Pedro Sánchez– los presidentes manifestaron su satisfacción. La cuestión es que el Premier no puede dar esa garantía porque, según la Ley 26221 de 1993 (Artículo 8), el Estado es propietario de los hidrocarburos bajo tierra (in situ), pero cuando salen a la superficie son de propiedad del contratista. Así las cosas, el premier Velásquez no puede disponer del gas, así promulgue uno o varios decretos supremos. El consorcio Camisea, a través del operador Pluspetrol, ha evitado educadamente contradecir al premier, limitándose a decir que “no se pronunciarían al respecto”. Pero el tema de fondo subsiste: los empresarios son los dueños de la molécula y los que deciden cuándo, cómo y qué se hace con los hidrocarburos extraídos. El corolario de esta absurda ley fujimorista es que el Perú no puede tener un Plan Energético Integral de Largo Plazo, como sí lo tienen EEUU, los países de la Unión Europea, Japón, Rusia, China y todos (subrayo, todos) nuestros vecinos. Supongamos que el CEPLAN existe de verdad y plantea que, al 2021, Perú debe tener una industria petroquímica porque es necesario para nuestro desarrollo nacional, mejorar la competitividad industrial y poseer los fertilizantes necesarios para los agricultores. Si ese objetivo se contrapone con aquellos que tiene el licenciatario, entonces no tendremos petroquímica porque ellos son, en primera y última instancia, los dueños de la molécula. Por tanto, para podernos plantear cambios en la matriz energética –que necesariamente son de largo plazo- lo importante es que el Estado tenga todas las facultades para decidir acerca del uso y destino de sus recursos naturales –en este caso energéticos– lo que pasa necesariamente por derogar el Art. 8 de la Ley 26221. El origen del absurdo tiene una explicación: la creencia absoluta en el dogma neoliberal de que las leyes de la oferta y la demanda en el mercado llevan a la asignación óptima de los factores de producción. Por tanto, el Estado debe dejarles la cancha completamente libre a los privados “que están preparados para tomar las decisiones que más les convienen a ellos y –con la ayuda de la mano invisible– a la sociedad en su conjunto”. En el terreno de los mercados financieros ese dogma es falso (veamos, si no, la actual crisis global) y lo es de la misma manera en el estratégico campo de la energía. En el Perú, ese dogma genera los problemas actuales, ya que, como dice un reciente informe de Osinergmin (1): “Las empresas del sector energía, privadas en su mayoría, han implementado una política de negocios, pero no una política energética coherente a nivel nacional, en tanto cada una de ellas toma sus decisiones en base a su propia estrategia empresarial”. Aparte de los necesarios cambios a la Ley 26221, considero necesaria una última acotación: debe anularse la negociación del 2006 del Lote 88 y volver al contrato primigenio para que el 100% de sus reservas, actuales y futuras, sean destinadas íntegramente al mercado interno. De esa manera no tenemos que mendigar nuestro propio gas (que es además un regalo de Dios porque revirtió gratis al Estado) de 150 en 150 millones de pies cúbicos diarios. Y nos evitaríamos el triste espectáculo de una situación digna de la mejor República bananera: que el Premier diga que el gas del país se va a destinar a tal o cual mercado, pero que en realidad no decide sobre nada porque el contratista privado es el dueño de la molécula. .................. (1) Estrategia para el desarrollo del sector energético del Perú, www.osinergmin.gob.pe Todos los artículos del autor pueden ser leídos en: www.cristaldemira.com