Tubos de acero chinos: cuestionan cambio de metodología en investigación por presunto dumping de Indecopi
La investigación por presunto dumping en importaciones de tubos de acero desde China está en su fase final, a la espera de la resolución del Indecopi. Se cuestiona un cambio metodológico en el cálculo de márgenes.
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A pocos días de que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) emita la resolución final, la investigación por presunto dumping a las importaciones de tubos de acero provenientes de China ingresó a su etapa más delicada en medio de cuestionamientos por un cambio en la metodología utilizada para calcular los márgenes de dumping cuando el procedimiento ya se encontraba próximo a concluir.
Uno de los principales reparos apunta precisamente a la incorporación de ese nuevo criterio técnico en la recta final del procedimiento. Para Jesús Espinoza, socio senior del área de Competencia del Estudio Muñiz, el momento en que se produjo la modificación redujo las posibilidades de que las empresas investigadas respondieran técnicamente a los nuevos cálculos.
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"Ha habido un cambio en la metodología de último minuto que llama la atención. Las empresas esperan que Indecopi no considere la información de ese último informe porque no les ha dado oportunidad para presentar los elementos de juicio que permitan adoptar una decisión correcta", declaró a La República.
El procedimiento fue solicitado por Corporación Aceros Arequipa, Tubos y Perfiles Metálicos y Precor, que pidieron investigar si los tubos de acero laminado en caliente (LAC) provenientes de China eran comercializados en el Perú a precios inferiores a los de su mercado de origen o incluso por debajo de sus costos de producción, una práctica conocida como dumping. De comprobarse, Indecopi puede imponer derechos antidumping, un recargo a las importaciones destinado a corregir esa distorsión.
No obstante, la legislación exige acreditar no solo la existencia de dumping, sino también que esa práctica haya causado un daño importante a la industria nacional, para lo cual la autoridad evalúa indicadores como producción, ventas, rentabilidad, empleo y productividad.
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Investigación cambió de rumbo tras un informe complementario que elevó los márgenes de dumping
La investigación comenzó el 16 de enero de 2025 y el periodo probatorio concluyó el 16 de octubre de ese año. Posteriormente, el 7 de mayo de 2026, la Secretaría Técnica de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales notificó el Informe de Hechos Esenciales, documento que resume las principales conclusiones de la investigación y permite a las partes formular observaciones antes de la decisión definitiva.
Tras esa etapa, las empresas investigadas cuestionaron diversos aspectos técnicos del análisis. Sin embargo, el punto de mayor controversia surgió el 12 de junio, cuando la Comisión emitió un Informe de Hechos Esenciales Complementario que modificó la metodología utilizada para calcular el denominado valor normal, el precio de referencia con el que se compara el valor de exportación para determinar si existe dumping.
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Mientras el informe inicial empleaba determinados mercados de referencia, el documento complementario utilizó como criterio el precio de exportación más alto hacia un tercer país para cada empresa investigada.
Ese cambio alteró los resultados preliminares. El margen promedio de dumping pasó de 1,5% a 20,3%. Además, dos empresas que inicialmente no registraban márgenes positivos pasaron a presentar tasas de 8,3% y 15,7%, mientras que las otras dos incrementaron significativamente los porcentajes calculados.
Especialista pide que la decisión final respete criterios objetivos y predecibles
Las empresas investigadas sostienen que la modificación metodológica fue incorporada cuando el procedimiento prácticamente había concluido, por lo que consideran que el tiempo disponible para presentar observaciones técnicas resultó insuficiente.
Espinoza señaló que la investigación siguió un desarrollo regular durante la mayor parte del procedimiento, aunque consideró que la etapa final concentró los principales cuestionamientos.
"El procedimiento se ha venido siguiendo de una manera correcta; sin embargo, en la etapa final sí ha habido un cambio bastante radical y que ha afectado la posibilidad de que las empresas hagan un análisis adecuado, porque ya la etapa para poder hacer discusiones había cerrado", afirmó.
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Según explicó, uno de los aspectos más importantes en este tipo de investigaciones es que la autoridad mantenga criterios consistentes y otorgue a todas las partes la oportunidad de pronunciarse cuando introduce cambios relevantes en la metodología.
"Lo que las empresas esperan es que Indecopi emita una decisión de carácter objetivo, apegada a la información presentada por las partes y consistente con las metodologías que ha aplicado anteriormente. La predictibilidad es importante porque evita espacios para decisiones arbitrarias", sostuvo.
La resolución también deberá establecer si existió un daño a la industria peruana
Además del debate sobre la metodología, las empresas investigadas cuestionan la evaluación del presunto daño a la industria nacional. Sostienen que la información financiera pública de Corporación Aceros Arequipa, una de las empresas solicitantes de la investigación, muestra inversiones, ampliaciones de capacidad y resultados positivos que también deberían formar parte del análisis para determinar si las importaciones investigadas ocasionaron un perjuicio atribuible a la producción local.
La normativa antidumping establece que la imposición de medidas de defensa comercial requiere acreditar dos elementos: la existencia de dumping y que esa práctica haya causado un daño importante a la industria nacional. Solo cuando ambos requisitos se encuentran sustentados corresponde evaluar la aplicación de derechos antidumping.
La decisión que adopte la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales pondrá fin a una investigación iniciada hace cerca de un año y medio y definirá si corresponde aplicar medidas a las importaciones de tubos de acero provenientes de China. La resolución también permitirá conocer cómo Indecopi sustenta la metodología finalmente empleada y la valoración de los argumentos presentados por todas las partes involucradas en el procedimiento.

























