Jóvenes de entre 18 y 29 años que creen empresas quedarían exonerados de impuestos
Proyecto lleva por nombre “Ley del Joven Empresario” y será debatido en el pleno del Congreso para su posterior oficialización.
- Indecopi multa con S/55,000 a Pacífico Seguros y empresa de peritaje por aplicar condiciones no pactadas en seguro de robos en el hogar
- Inician los pagos a trabajadores del sector público este 18 de febrero con aumento salarial incluido, según cronograma del Banco de la Nación

El último jueves 5 de enero, la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas (MYPE) del Congreso aprobó cuatro dictámenes y entre ellos la propuesta “Ley del Joven Empresario”, que con 13 votos a favor y de manera unánime quedó únicamente a la espera de ser debatida en el pleno del Congreso. El proyecto tiene por objetivo promover el crecimiento empresarial de los jóvenes cuyas edades oscilan entre los 18 y 29 años.
PUEDES VER: ¿Cobras más de S/800 al mes? Revisa cómo obtener una vivienda con el crédito del Banco de la Nación
Asimismo, las empresas constituidas por los beneficiarios de esta normativa deberán estar debidamente inscritas en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) para acogerse a la regulación.
TE RECOMENDAMOS
QUE NO SE TE OLVIDE con CARLOS CORNEJO | PROGRAMA del 19/02/26 | La República - LR+
PUEDES VER: Revisa los candidatos y sus planes de gobierno

“La presente ley tiene por objeto establecer el marco legal que propicie la creación de empresas constituidas por jóvenes, a fin de generar fuentes de trabajo que contribuyan con éxito al desarrollo de la economía nacional dentro de una economía social de mercado”, se lee al inicio del texto oficial.
¿Cómo beneficiaría esta ley a los jóvenes empresarios?
Este proyecto de ley busca propiciar la creación y desarrollo de empresas por parte de la población menor a 30 años, ofreciendo dos grandes ventajas:
- La devolución anticipada del Impuesto General a las Ventas para las operaciones de exportación de bienes y servicios.
- La exoneración del pago del Impuesto a la Renta por dos años, siempre y cuando las utilidades sean reinvertidas en la empresa.





















