Economía

Remuneración mínima vital: ¿qué implica el reajuste del sueldo mínimo?

Impacto. Nuevo valor de S/ 1.025 entró en vigencia el 1 de mayo. Son más de 1,4 millones de trabajadores formales que se han visto beneficiados por el incremento. Conozca todos los detalles sobre los efectos de esta alza.

Aplicación. Empresas deberán actualizar nuevo sueldo mínimo de manera inmediata. Foto: difusión
Aplicación. Empresas deberán actualizar nuevo sueldo mínimo de manera inmediata. Foto: difusión

1. ¿Quiénes son los trabajadores que se beneficiarán?

El aumento de la remuneración mínima vital a S/ 1.025, que entró en vigencia ayer, 1 de mayo, beneficiará a todos los trabajadores formales del régimen laboral de la actividad privada que hasta el 30 de abril percibían S/ 930 mensuales de sueldo.

El Gobierno estima que la nueva actualización de la RMV beneficiará a más de 1,4 millones de trabajadores, de un total de 5 millones 600.000 empleados formales, lo que equivale a un 30% de la masa laboral privada, de acuerdo con información de la planilla electrónica. También alcanza a las trabajadoras del hogar y practicantes.

2. ¿Cómo se aplica el aumento de la RMV?

Las empresas deberán aplicar el aumento de forma inmediata a sus trabajadores que hasta el 30 de abril cobraban una remuneración menor a S/ 1.025, según Cristina Oviedo, socia del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.

La especialista señala que no es necesario que los empleadores elaboren un nuevo contrato laboral, solamente deben “aplicar de manera inmediata el incremento”.

No obstante, destaca que el alza corresponderá únicamente a los trabajadores que a la fecha ganaban menos de la actual RMV. “Si ganan más de S/ 1.025, no hay ningún incremento que hacer”, precisó a La República.

3. ¿Qué otros pagos al trabajador aumentan?

El alza de la remuneración mínima tiene un impacto directo en una serie de pagos que se realizan a los trabajadores cada mes, dependiendo de sus condiciones laborales.

Según Oviedo, entre los beneficios que se incrementan a partir del reajuste de la RMV se encuentran la asignación familiar, que equivale al 10% del sueldo mínimo y que, por lo tanto, subirá S/ 102,50 (antes S/ 93).

También aumentará la remuneración mínima por trabajo nocturno, que pasa de S/ 1.255,50 a S/ 1.383,75, así como la subvención de las modalidades formativas que también llegarán a S/ 1.025 si el trabajador cumple con la jornada máxima de cada modalidad.

Por su parte, el abogado laboralista Ricardo Herrera señala que entre los beneficios también se encuentra el incremento de la sobretasa por horas extras, que equivale al valor de la hora laborada más el 25% adicional en las dos primeras horas y 35% de la tercera hora en adelante.

4. ¿Qué otros conceptos también suben?

Al subir el sueldo mínimo, también suben otros costos que involucra a los trabajadores en planilla, como es el aporte a Essalud y al fondo de pensiones.

De acuerdo con Herrera, el aporte mínimo por salud -que equivale al 9% del sueldo- será ahora de S/ 92,50 mensuales. Lo mismo ocurre con los descuentos por concepto de pensiones, ya sea AFP u ONP. En el caso del último, al ser el 13% de la asignación, pasará de S/ 120,90 a S/ 133,25 por mes.

También subirá el tope de la prestación alimentaria por suministro indirecto a S/ 2.050. Y el tope del gasto diario que tienen las empresas por movilidad de sus trabajadores que no estén sustentados en comprobante de pago, el cual será de S/ 41 por cada empleado.

5. ¿Qué pasa con la CTS y la gratificación?

La CTS que se depositará en mayo no variará, puesto que se toma en cuenta la remuneración vigente al 30 de abril, menciona Cristina Oviedo. Sin embargo, agrega que se tomará en cuenta la nueva RMV para el depósito que se realice en la quincena de noviembre, pues dicho pago irá en función a la remuneración vigente al 30 de octubre.

Por su parte, Ricardo Herrera sostiene que, en lo que corresponde al monto de la gratificaciones de julio y diciembre de este año, ya se calcularán en función a S/ 1.025.

“Al subir la remuneración mínima, sube el monto de la gratificación y el monto de la bonificación extraordinaria”, enfatiza el laboralista.

6. ¿Qué pasa si el empleador no sube la RMV?

Tanto Herrera como Oviedo coinciden en que no cumplir con la actualización de la RMV tiene un impacto directo en los beneficios laborales que se calculan en función al monto de la remuneración, por lo que si los empleadores no cumplen con elevar a S/ 1.025 el sueldo mínimo estarían cometiendo una serie de infracciones.

Entre ellas se encuentran no cumplir con la RMV, así como el correcto pago de la CTS y la gratificación completa, entre otras.

“Las infracciones pueden ser varias y el monto de la multa dependerá del número de trabajadores involucrados, incluyendo practicantes”, comenta Herrera.

7. ¿Cuál es el impacto en regímenes especiales?

En el caso del régimen especial minero, que es igual al sueldo mínimo más el 25%, a partir de este mes sube a S/ 1.281,25.

Lo mismo ocurre en el régimen agrario, donde la remuneración básica será S/ 34,17 por día, según Cristina Oviedo. También se elevará la bonificación especial por trabajo agrario (BETA), que es el 30% de la RMV; por ello, ahora este beneficio tendrá un valor de S/ 307.50.

La nueva remuneración mínima vital de S/ 1.025 también beneficiará a los trabajadores de tiempo parcial, ya que su salario se calcula de manera proporcional para aquellos que tienen una jornada diaria de 4 horas o menos.

8. ¿Qué propone el MTPE sobre la RMV?

El anteproyecto del nuevo Código de Trabajo propone que la RMV sea fijada por el Ejecutivo con participación del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) y de acuerdo a los criterios técnicos del MTPE.

Asimismo, indica que el proceso de diálogo social para la determinación del monto de reajuste se realizará cada dos años. “El diálogo social se desarrolla durante el primer semestre del año correspondiente, sin exceder el 30 de junio”.

Además, establece que el acuerdo logrado con el CNTPE tiene carácter vinculante y que, de no existir acuerdo, el Ejecutivo procede a determinar el reajuste.