Economía

Proponen crear programa Reactiva Mype para personas naturales como medida de rescate económico

Se hará con el fin de contar con medidas urgentes en materia económica y financiera, y rescatar las propiedades de embargos y remates judiciales inminentes producto del impacto negativo de la pandemia.

Lucha. Katerin Salcedo lleva 15 años en Gamarra, pero en el peor momento de la pandemia tuvo que recaer en la informalidad para mantener a flote su familia.  Foto: Antonio Melgarejo/ La República
Lucha. Katerin Salcedo lleva 15 años en Gamarra, pero en el peor momento de la pandemia tuvo que recaer en la informalidad para mantener a flote su familia. Foto: Antonio Melgarejo/ La República

El congresista Pedro Martínez, de la bancada de Acción Popular, presentó este viernes 1 de abril el proyecto de ley 1599/2021-CR, en el que propone aprobar el programa Reactiva 3 para las mypes y personas naturales, con el fin de contar con medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, y rescatar sus propiedad de embargos y remates judiciales inminentes producto del impacto negativo y extraordinario de las cuarentenas impuestas debido a la COVID-19.

Entre los beneficiados estarán las personas naturales y mypes con deudas en las que se hayan otorgado garantías reales o personales, con la banca comercial y/o con las empresas del sistema financiero. Se podrá solicitar la reprogramación de sus deudas, siempre que al 29 de febrero de 2020 hayan registrado una calificación de riesgo normal o con problema potencial, que los avala como buenos pagadores.

Deben demostrar que se encuentran en inminente riesgo de ejecución de garantías reales, ya sea hipotecarias o prendarias, o personales, muebles o inmuebles.

La mype o persona natural podrá solicitar la reprogramación de su deuda, así como un monto adicional para volver a comenzar y reactivar su actividad, hasta por un 10% del valor de la deuda. El monto máximo para rescate de inminente riesgo de ejecución de garantías, y reactivación de su actividad, es hasta por S/ 700.000.

Algunas de las condiciones para acceder el programa son demostrar que el valor de la garantía (mueble o inmueble), o el valor del mueble o inmueble en leasing, es mayor o igual al monto solicitado bajo este programa; para ello, el solicitante deberá sustentarlo con documentos.

Podrán acogerse al programa aquellos que hayan tenido cuatro cuotas de retraso consecutivas o alternadas, desde marzo de 2020, o se encuentren en proceso civil de ejecución de garantías. No son elegibles como beneficiarias del programa las empresas vinculadas a las entidades financieras, así como empresas comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.

Para la Empresa del Sistema Financiera (ESF), se establecen algunos incentivos: a) Una tasa de fondeo especial de -100 puntos básicos; b) El otorgamiento a la ESF de cinco veces el fondeo que esta brinde a las mypes y personas naturales; y, c) Otros incentivos que otorgue el BCRP, conforme a las mejores prácticas y programas ejecutados por diversos bancos centrales de primer nivel.