Economía

Gratificación por Navidad: todo lo que necesita saber

Bonificación. Hasta mañana las empresas deberán depositar este beneficio a sus trabajadores. El cual asciende a un sueldo íntegro más el 9% por concepto de Essalud o 6,75% por EPS.

Monto. Se calcula en función a la remuneración bruta que regularmente perciba el trabajador. Foto: difusión
Monto. Se calcula en función a la remuneración bruta que regularmente perciba el trabajador. Foto: difusión

Los empleadores tienen hasta mañana, 15 de diciembre, para depositar la gratificación por Navidad a sus trabajadores formales. De incumplir este plazo, estarían incurriendo en una infracción laboral grave, la cual se multa con hasta S/ 114.928.

1. ¿A quiénes les corresponde?

La Cámara del Comercio de Lima (CCL) señala que este beneficio corresponde a los trabajadores del régimen laboral privado con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial. Para ello, los empleados deben haber laborado al menos un mes completo entre julio y diciembre de este año.

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Entre los beneficiados también están los trabajadores de las pequeñas empresas, las trabajadoras del hogar y los trabajadores del Régimen Laboral Agrario, en este último caso solo si comunicaron su deseo de recibir el dinero en un desembolso semestral, de lo contrario, este concepto se pagará junto a su remuneración diaria.

2. ¿Hasta cuándo se paga?

La normativa establece que los empleadores tienen hasta el 15 de diciembre para realizar el pago. “Si la empresa no realiza el desembolso de forma oportuna, está incurriendo en una infracción grave en materia laboral”, indica Mauricio Matos, associate partner de EY Perú.

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3. ¿Cuánto me corresponde?

El monto asignado por este concepto deberá ser igual a un sueldo íntegro del trabajador si laboró el semestre completo de julio a diciembre.

Matos precisa que, si el empleado no laboró el semestre completo, “le corresponderá una gratificación proporcional en función a los meses laborados entre julio y diciembre”.

Los trabajadores de las pequeñas empresas reciben la mitad del beneficio. Mientras que los que laboran en microempresas, los independientes y los informales no reciben gratificación.

4. ¿Cómo se calcula?

El monto de la gratificación se calcula en función al último salario bruto que recibió el trabajador formal. A ello se le suma una bonificación extraordinaria del 9% si aporta a Essalud o 6,75% si está afiliado a Empresa Prestadora de Salud (EPS).

Cabe enfatizar que, si no laboró el semestre completo, la gratificación será igual a un sexto de su remuneración por cada mes laborado, explica la CCL.

5. ¿Y en el sector público?

Los trabajadores del sector público que laboran recibirán hasta S/ 300 por el concepto de aguinaldo por Navidad en el 2021.

El monto se incluye en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre, según el artículo 7 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

6. ¿Si no me depositan?

En el caso de que la empresa haya incumplido con el pago de la gratificación en el plazo establecido por ley, los trabajadores pueden acudir a la Sunafil.

“Si la Sunafil detecta que no se han pagado las gratificaciones dentro del plazo legal, pedirá a la empresa para que cumpla con su obligación. Si no cumple, iniciará el proceso sancionador que podría acabar con la multa”, destaca Cristina Oviedo, laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez.

La laboralista precisa que la multa oscila entre 1,57 UIT y 26,12 UIT. Esto es hasta S/ 114.928.

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