Economía

Retiro del 100% de la CTS: desde mañana podrá solicitar su transferencia

Así lo informó el Ministerio de Trabajo, quien además señaló que entidades financieras tendrán un máximo de dos días hábiles para realizar el desembolso a la cuenta del trabajador.

El proyecto de ley de retiro del 100% de la CTS está en manos del Poder Ejecutivo. Foto: difusión
El proyecto de ley de retiro del 100% de la CTS está en manos del Poder Ejecutivo. Foto: difusión

La solicitud para la transferencia del retiro del 100% de la CTS a su cuenta personal, podrá realizarse desde este miércoles 5 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2021, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) al diario La República.

Recibida la solicitud de desembolso, parcial o total, la entidad en donde se deposita la CTS efectuará la transferencia a las cuentas que el trabajador indique, en un plazo no mayor de dos días hábiles.

“Por ejemplo, si realizo mi solicitud es miércoles 5 de mayo, el retiro o transferencia a la cuenta que se indique deberá realizarse como máximo el viernes 7 de mayo”, explicó el profesor Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School.

El MTPE publicó este martes el Decreto Supremo Nº 010-2021-TR mediante el cual aprueba las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la ley que permite el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) que se encuentran en las entidades financieras del país.

La norma también especifica que este decreto se aplica a tres grupos: trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 650, independientemente del régimen laboral al que se sujeten; trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; y servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 728.