Minagri establece requisitos fitosanitarios para la importación de esquejes de stevia de Brasil
El importador deberá contar con su registro de importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.
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El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de esquejes de stevia (Stevia rebaudiana) de origen y procedencia Brasil.
El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
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El envío deberá estar acompañado de un Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (MAPA, por sus siglas en portugués) de Brasil remitirá al Senasa la relación actualizada de bancos de germoplasma, laboratorios o viveros registrados y autorizados para exportar a Perú.
Los envases serán nuevos y de primer uso, libre de cualquier material extraño al producto autorizado, debidamente rotulados con la identificación del producto y número de lote.
Los esquejes deberán encontrarse sin raíz y libres de tierra.
El importador deberá contar con su registro de importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.
El Inspector del Senasa tomará una muestra del producto importado para ser remitido a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa , con el propósito de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaración adicional. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de tres (3) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del Senasa a dos (2) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (1) inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto.





















