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Economía

Corpac afronta 70 denuncias por discriminación salarial

Laboral. Denunciantes tienen sentencia a su favor, pero empresa los mantiene como reincorporados provisionales.

Corpac (Imagen referencial)
Corpac (Imagen referencial)

“Llevo dos años como reincorporado y solo cobro el sueldo mínimo (S/ 930) pese a que dentro de la escala salarial de la empresa pública donde laboro, el último escalón es de S/ 1.950”, relató un trabajador de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac).

La República conoció que en dicha empresa cerca de 70 extrabajadores, reincorporados bajo la Ley 27803, viven la misma situación.

El abogado y asesor de los afectados, Walter Gonzales, explicó que de los 70 casos, varios tienen sentencia en segunda instancia. “Por lo que Corpac estaría obligado al cumplimiento de la reincorporación, según el artículo 38 de la nueva Ley Procesal del Trabajo, así como a brindarles la capacitación para que laboren en una función equivalente a la que ejercían antes del despido arbitrario. Además de pagarles una remuneración de acuerdo a las escalas vigentes”, detalló.

Gonzales agregó que no se trata de un tema de falta de plazas dentro de la entidad. “En primera y segunda instancia, el Poder Judicial comprobó que existían las plazas”, dijo.

Este medio intentó buscar la respuesta de Corpac frente a la denuncia; sin embargo, señalaron que debido a que los reclamos están a nivel judicial, "no podemos dar mayores alcances por la reserva y confidencialidad que ameritan las acciones legales que se han implementado en defensa de los intereses de Corpac S.A".

No obstante, se logró acceder a un documento en el que Corpac reconocía el pago del sueldo mínimo argumentando que el vínculo laboral con los trabajadores era solo previsional “hasta que el órgano jurisdiccional emita sentencia definitiva (...) pues ya no existen los mismos cargos”.

¿Discriminación?

Pese a lo anterior, existen algunos casos donde Corpac no habría apelado a las sentencias en primera instancia, por lo que el trabajador estaría en su derecho de recibir una mejor remuneración.

“Lo único que pedimos es que nos paguen según la escala que es aprobada por el Fonafe, y ahí no existe un remuneración de S/ 930 al mes”, señaló otro trabajador que afirma realizar funciones (operador) que no son reconocidas pese haber sido capacitado por el mismo Corpac.

Para el exministro de Trabajo Christian Sánchez, la situación estaría configurada como discriminación salarial. “Si un trabajador hace una labor de igual valor que otro, pero hay diferencia remunerativa, entonces hay discriminación salarial”, explicó.

"La empresa debe responder por qué se está dando la diferencia. Siempre se estableció que la incorporación tenía que darse en un puesto similar", anotó Sánchez.

Y si bien Corpac lo hizo con otros 250 reincorporados, no lo estaría cumpliendo con otros 70, quienes en el último año, según las boletas presentadas, mantienen a sus familias con S/ 930 al mes.

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