Por ley, el pago por laborar un feriado debe ser mayor. Conoce de cuánto se trata.,Este 8 de diciembre es feriado por el Día de la Inmaculada Concepción; sin embargo, algunos trabajadores deben seguir cumpliendo con sus labores. ¿Cuánto les corresponde de pago? Según indicó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), el monto que le corresponde a los trabajadores que acudan a laborar el feriado 8 de diciembre , de acuerdo al Artículo 9 del D. Leg. 713-Ley de Descansos Remunerados, puede llegar a ser de tres remuneraciones diarias, siempre que el trabajador no tenga descanso sustitutorio en otro día. PUEDES VER Conoce los días feriados y no laborables de este 2019 "En caso que el trabajador del sector privado, por ejemplo, perciba 100 soles diarios y labore el día feriado, sin descanso sustitutorio; tendrá derecho a percibir tres remuneraciones: 100 soles por el día feriado y 200 soles por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%)", dijo Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL. Cabe señalar que solo le queda un feriado más al año y es el 25 de diciembre, que cae martes.