Malas noticias para conductores en España: estas son las enfermedades que podrían costarte la licencia de conducir
La DGT ha actualizado las condiciones para renovar el carnet de conducir en 2025: determinadas enfermedades y medicamentos podrán impedir la prórroga del permiso.
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En España, cerca de 28 millones de personas disponen de algún tipo de permiso de conducción, siendo el carnet B el más común, ya que permite manejar vehículos de hasta 3.500 kilos y un máximo de ocho pasajeros.
De cara al 2025, la Dirección General de Tráfico (DGT) advierte que ciertas enfermedades y medicamentos podrán impedir la renovación del carnet, con el objetivo de reducir riesgos en la carretera.
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Conductores en España: ¿cuáles son las enfermedades que impiden renovar la licencia de conducir?
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha advertido que en 2025 existen casos en los que la renovación del permiso no será posible. El motivo se encuentra en una lista de enfermedades y medicamentos que, por su riesgo, impiden la conducción. El objetivo, según el organismo, es reducir accidentes de tráfico relacionados con problemas de salud de los conductores.
La DGT contempla nueve categorías de enfermedades que limitan o impiden la renovación del carnet:
- Respiratorias: desde la apnea del sueño, que solo permite renovar por tres años, hasta la disnea permanente en reposo, que prohíbe la conducción.
- Digestivas y renales: un trasplante renal requiere seis meses desde la cirugía para poder renovar, mientras que la nefropatía con diálisis abre la posibilidad de un permiso limitado.
- Neurológicas: una pérdida de conciencia reciente impide la renovación. La epilepsia limita la vigencia del permiso, y un accidente isquémico transitorio solo permite un año de extensión con informe médico favorable.
- Vasculares: una disección arterial permite renovar por un máximo de dos años tras seis meses de la operación; un aneurisma puede dar lugar a una renovación temporal si no hay riesgo de rotura.
- Oncológicas y oncohematológicas: el conductor debe estar libre de enfermedad y sin tratamiento para optar a la renovación.
- Psiquiátricas: se incluyen diagnósticos como demencia, depresión, ansiedad, trastornos del sueño, TOC, TDAH, así como la dependencia de alcohol o drogas.
- Endocrinas: como el hipotiroidismo o la diabetes insulinodependiente.
- Cardíacas: arritmias, infartos recientes, portadores de marcapasos o desfibriladores.
- Degenerativas: como Alzheimer, Parkinson, ELA, artritis, osteoporosis o distrofia muscular.
¿Por qué se aplican estas restricciones a la licencia de conducir?
No solo las enfermedades son determinantes: también hay medicamentos que impiden la renovación del permiso. Entre ellos:
- La insulina para la diabetes, salvo con informe médico favorable.
- Tratamientos psiquiátricos específicos, sin aval clínico que garantice su seguridad.
- Fármacos vinculados al tratamiento de la apnea del sueño, que solo permiten renovar si existe constancia médica de que el tratamiento es efectivo.
La DGT subraya que estas medidas responden a estudios que demuestran el aumento del riesgo de accidentes en personas con estas patologías. “El riesgo de sufrir un accidente en una persona mayor con demencia en fases iniciales es entre 2,5 y 8 veces mayor que en quienes no presentan deterioro cognitivo”, señala el organismo en su revista oficial.
Con estas limitaciones, Tráfico busca garantizar que quienes se pongan al volante lo hagan en condiciones de plena seguridad física y psíquica.





















