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Sociedad

Indecopi multa a Nestlé con S/3.584,50 por publicidad engañosa en 'sopa de gallina criolla Maggi': no contiene gallina

Nestlé Marcas Perú S.A.C. recibió una multa de Indecopi por inducir a error a consumidores con su producto "Sopa Criolla Gallina Fideos" de la marca Maggi, que no contenía carne de gallina en sus ingredientes y solo estaba hecho con 1,65% de grasa y carne de pollo.


Indecopi multa a Nestle por publicidad engañosa en 'sopa de gallina criolla Maggi': no contiene gallina. Foto: composición LR/Gob/Nestle.

Indecopi determinó que la multinacional Nestlé incurrió en una falta grave contra la Ley de Represión de la Competencia Desleal, al ofrecer un producto que, pese a su etiqueta y presentación, no cumplía con lo que prometía. La comisión sancionadora encontró que la “Sopa Criolla Gallina Fideos” de Maggi no contenía carne de gallina, pese a que el envase y la publicidad sugerían lo contrario.

La denuncia fue presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (Acurea), que denunció a Nestlé Marcas Perú S.A.C. por inducir al público al error. Según el informe oficial de Indecopi, el empaque del producto exhibía una pierna de gallina junto a mensajes como “Sopa Criolla Gallina Fideos” y “Con ingredientes naturales: Cúrcuma”, lo que transmitía al consumidor la idea de que la sopa contenía carne de gallina. Sin embargo, en la lista de ingredientes no figuraba tal componente, lo cual fue determinante para calificar el caso como publicidad engañosa.

No es la primera vez que Nestle tiene un incidente por publicidad engañosa. Foto: El Economista.

¿Qué multa le impuso Indecopi a Nestle por publicidad engañosa?

La resolución 036-2025/CCD-Indecopi estableció que Nestlé Marcas Perú S.A.C. vulneró el principio de veracidad en la publicidad. Tras una exhaustiva revisión del producto, se verificó que la “Sopa Criolla Gallina Fideos” contenía apenas 1,65% de grasa y carne de pollo, además de otro porcentaje similar de vegetales como ajo, cebolla y zanahoria, sin encontrarse ninguna traza de carne de gallina, ni siquiera en forma deshidratada.

Este detalle fue determinante para que Indecopi calificara el caso como un acto de competencia desleal bajo la modalidad de engaño. La multa impuesta asciende a S/3.584,50 (0.67 UIT), una suma que la empresa debe pagar de forma inmediata. Asimismo, la institución ordenó a Nestlé detener la distribución del empaque que inducía al error, asumiendo también los gastos del proceso legal y los costos incurridos por Acurea durante la denuncia. Según el convenio vigente, esta asociación recibirá el 10% del monto sancionador.

Además, se evaluó la solicitud de Acurea para que Nestlé realizara una rectificación pública tanto en medios físicos como digitales. No obstante, el pedido fue rechazado, ya que no se logró demostrar que la publicidad engañosa causara un impacto prolongado en la percepción de los consumidores.

Este no es un caso aislado. En 2022, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) también sancionó a Nestlé por otro caso de publicidad engañosa relacionado con el producto “Maggi Cubito Carne”, el cual no contenía carne, sino saborizantes artificiales.

Producto Maggi Sopa Criolla Gallina Fides solo contenía 1.65% de pollo. Foto: composición LR/LPDerecho.

Nestle se defiende y da su versión

Ante la sanción, Nestlé emitió un comunicado en el que indicó que el incidente se debió a un “error puntual” en el proceso de distribución del producto. Según la empresa, una pequeña cantidad de unidades llegó a los puntos de venta sin el sticker correctivo aprobado, que debía aclarar que el producto era una “Sopa Criolla sabor gallina con fideos”.  

Nestlé Marcas Perú S.A.C. aseguró que, al detectar el problema, se adoptaron medidas inmediatas como el retiro de los productos afectados, su reetiquetado o destrucción, y la implementación de controles internos más estrictos. No obstante, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi consideró que dichas acciones no revertían el daño ocasionado a los consumidores.

Cabe precisar que esta sanción corresponde a la primera instancia administrativa. Nestlé tiene la posibilidad de apelar ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi, la cual representa la última instancia en este proceso. De ser aceptado el recurso, la multa podría ser ratificada, modificada o anulada, dependiendo del análisis de los nuevos elementos que la empresa pueda presentar.

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