
La congresista Lady Camones, de Alianza para el Progreso, ha presentado un nuevo proyecto de ley que plantea eliminar las denominaciones divorcio y viudez de los tipos de estado civil que figuran en el Documento Nacional de Identidad (DNI), emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). En su lugar, propone que solo se contemplen dos opciones: soltero o casado.
La iniciativa fue presentada en el proyecto de ley N.º 10174/2024-CR, titulado: “Ley que precisa los tipos de estado civil y su consignación en el Documento Nacional de Identidad”. Actualmente, se encuentra siendo evaluado en la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República.
Proyecto de ley propone establecer solo dos tipos de estado civil para todos los peruanos. Foto: Andina
En su proyecto de ley, la congresista Lady Camones establece que el Documento Nacional de Identidad (DNI) solo debe consignar el estado civil como soltero(a) o casado(a), según corresponda.
“En caso se produzca una ruptura del vínculo matrimonial, fallecimiento de uno de los cónyuges o invalidez del matrimonio, el estado civil será modificado a soltero (a)”, agrega la iniciativa.
Asimismo, sostiene que el divorcio (consecuencia de la ruptura del vínculo matrimonial) y la viudez (a partir del fallecimiento de uno de los cónyuges), “constituyen actos registrales relacionados al estado civil; no obstante, no deben ser consignados en el Documento Nacional de Identidad por cuanto no constituyen un estado civil”.
En la segunda disposición complementaria establece que, en caso de que esta iniciativa se convierta en ley, la actualización del estado civil se realizará al renovar el documento por vencimiento o cuando el titular solicite la modificación.
Peruanos podrán solicitar el cambio del estado civil. Foto: Andina
Lady Camones sostiene, en respaldo de su iniciativa, que la Ley Orgánica del Reniec no especifica una definición precisa del estado civil ni delimita cuántas clasificaciones existen en el país. Según su postura, esto ha dado margen al Reniec para incorporar las categorías de soltero, casado, viudo y divorciado, basándose únicamente en su facultad para registrar dichos acontecimientos.
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Para la congresista, esta interpretación carece de fundamento, ya que, si el criterio fuera únicamente la capacidad de registrarlos, entonces eventos como los nacimientos y fallecimientos también deberían considerarse estados civiles, lo que resultaría inapropiado.
"No existe un articulado que precise de manera taxativa un concepto de estado civil o qué información contiene el estado civil o cuáles son los tipos de estado civil; frente a ello, el Reniec, en los DNI, refiriéndose al estado civil, consigna soltero, casado, viudo o divorciado, según sea el caso, lo que a nuestro criterio nos parece una medida sin sustento o una extralimitación, de ahí la importancia de conocer con precisión el contenido y límites del concepto de estado civil", señala en el proyecto de ley.

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