En el sistema de transporte Metropolitano de Lima, se han implementado políticas inclusivas y de apoyo que eximen del pago del pasaje a determinadas personas. Estas medidas, promovidas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), tienen como objetivo principal garantizar la accesibilidad y la equidad en el transporte público, facilitando la movilidad a sectores vulnerables de la sociedad. Muchas de estas políticas han estado vigentes durante mucho tiempo, por lo que gran parte de la ciudadanía no las conoce. A continuación, se detallará quiénes son los beneficiarios que pueden viajar de manera gratuita en el servicio ofrecido por el Metropolitano.
En el caso de los efectivos de la policía y bomberos del Perú, la Ley 26271 los faculta para acceder a este beneficio. "El derecho a pases libres y a pases diferenciados, así como el derecho a pases cobrados por las empresas de servicio de transporte de pasajeros del ámbito urbano e interurbano del país", se lee en la norma.
En el caso de las personas integrantes del Conadis, para hacer efectiva su acreditación solo deberán presentar su carné amarillo; sin embargo, también pueden acceder a una tarjeta de pase libre, la cual es proporcionada por el Centro de Atención de Tarjetas (CAT) y tiene una validez de 10 años. Esta disposición de pase libre está estipulada en la Ley 29973.
Línea del Metropolitano implementando el protocolo para ayudar a las personas con alguna discapacidad física. Foto: ATU.
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Las disposiciones establecidas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) son fundamentales para garantizar un servicio de transporte público seguro y eficiente para todos los ciudadanos. En caso de que las empresas de transporte no cumplan con las normativas señaladas, la ATU cuenta con la facultad de tomar medidas correctivas con el fin de asegurar el cumplimiento de las mismas.
En primer lugar, la ATU tiene la autoridad para suspender la autorización del servicio por un período de cinco días en caso de incumplimiento, además de imponer una multa de S/1.030, equivalente al 20% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Esta sanción económica tiene como objetivo incentivar el respeto a las normas y garantizar la calidad del servicio prestado.
En caso de que la infracción se repita, la ATU puede extender la suspensión del servicio a 15 días y duplicar la multa a S/2.060, correspondiente al 40% de una UIT. Estas medidas más severas buscan garantizar que las empresas de transporte cumplan con las disposiciones establecidas y brinden un servicio de calidad a los ciudadanos de Lima y Callao.
Servicio de Metropolitano se estima que transporta un promedio de 700.000 diariamente.