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Sociedad

¿Qué hace falta para que se despenalice la eutanasia en el Perú?

Ana Estrada se ha convertido en la primera peruana en acceder a la eutanasia en el país. Al respecto, La República conversó con los abogados Romy Chang, César Nakazaki y Renata Bregaglio para conocer los procedimientos legales que se deberían seguir para que se despenalice.

Actualmente, la eutanasia se aplica en Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, España, Portugal, Canadá, Nueva Zelanda, Australia, Colombia y Ecuador. Foto: composición LR/Andina/La Difesa del Popolo

Ana Estrada fue una psicóloga y activista peruana que luchó durante muchos años para poder morir dignamente; ella padecía de polimiositis, una enfermedad incurable que no le permitía vivir como deseaba. Por ello, decidió presentar su caso a los tribunales y, en 2024, le concedieron el derecho a la eutanasia, lo que marcó un hito en la historia del Perú. Tras este caso, La República conversó con los abogados Romy Chang, César Nakazaki y Renata Bregaglio.

"Desde la perspectiva de los derechos humanos, el derecho a la vida protege a las personas de privaciones arbitrarias a su vida. Si el deseo de morir es de la propia persona y se cuenta con un marco legal que permita corroborar que esa muerte responde a la voluntad de dicha persona, no cabe asumir esa muerte como una 'privación arbitraria de la vida' (...). Con una despenalización de la eutanasia, se elimina el riesgo de condena al personal médico", declaró Renata Bregaglio, abogada especialista en derechos humanos.

¿Cuál fue el primer caso de eutanasia en Perú?

Ana Estrada Ugarte, psicóloga peruana que sufría de polimiositis, una enfermedad degenerativa, comenzó su lucha por el derecho a una muerte digna en 2016. Después de años de soportar dolor severo y una calidad de vida en declive, buscó la opción legal de la eutanasia y presentó su caso a los tribunales peruanos.

En febrero de 2021, el Estado peruano emitió una sentencia histórica a su favor, que la Corte Suprema ratificó en julio de 2022. Sin embargo, no fue hasta enero de 2024 que el Seguro Social de Salud completó el protocolo de muerte asistida, el cual permitió a la paciente elegir al profesional de su confianza para aplicar la eutanasia.

Ana Estrada falleció a la edad de 47 años, el 21 de abril del presente año. Foto: Antonio Melgarejo LR

¿Cómo podría influir el caso de Ana Estrada en la futura legislación de la eutanasia en el país?

De acuerdo con los abogados penalistas, este hecho marcó un precedente en la historia peruana, además, a raíz de ello, se puede entrar en debate esta despenalización.

"En este caso, aunque no tiene carácter vinculante legalmente, ha establecido un precedente importante, ya que surgió de una acción de amparo y se aplicó solo al caso de la señora Estrada. Sin embargo, ha impulsado un debate significativo que podría influir en el Congreso de la República para reconsiderar el artículo 112 del Código Penal (...). Este caso podría iniciar una discusión sobre si se debe mantener o modificar la sanción por homicidio piadoso en Perú", manifestó Romy Chang.

"Lo que va a influir fundamentalmente es que va a alentar a que personas que están en condición extrema en salud pidan autorización (...). Lo que creo es que va a fomentar acciones como la que Ana Estrada realizó para pedir que se le reconozca el derecho a una muerte digna. Si esto va a tener impacto en el tipo penal de homicidio piadoso, no creo (...). El homicidio piadoso, que es la denominación técnica de la eutanasia, es la fórmula legal que se recoge en el Código Penal", expresó César Nakazaki.

Por su parte, Bregaglio dijo lo siguiente: "El fallo de Ana servirá como argumento de autoridad para futuros casos que se lleven ante tribunales nacionales, pero los argumentos de la sentencia también servirán para continuar con el proceso de incidencia y poder lograr una ley en la materia".

¿Existe un proyecto de ley para despenalizar la eutanasia?

En enero de este año, el congresista Luis Kamiche Morante propuso una reforma constitucional, su objetivo es incluir el derecho a la muerte digna en los derechos fundamentales de la persona, especificados en el artículo 2 de la Constitución Política del Perú. La modificación plantea añadir que cada individuo posee el derecho de decidir el final de su vida y acceder a una muerte digna. Asimismo, reafirma derechos ya existentes, como la vida, la identidad y el bienestar integral.

Proyecto de ley del congresista Luis Kamiche.

"Como se trata de un cambio constitucional, implica seguir una serie de pasos más extensos. Debe haber un referéndum o una doble aprobación por la legislatura, según establece la Constitución (...). Existen argumentos constitucionales que permiten que una persona elija cómo y cuándo morir, y bajo qué circunstancias", acotó Chang.

"Un proyecto de reforma constitucional podría ser valioso si blinda el derecho frente a posibles interpretaciones restrictivas en el futuro. Pero, al mismo tiempo, requiere un proceso de aprobación distinto, lo que podría hacer más difícil su aprobación. En todo caso, es importante tener presente que, aunque útil, no se precisa de dicha reforma para avanzar en la despenalización de la eutanasia o la regulación de la muerte digna", apuntó Bregaglio.

De esta manera se modificaría el artículo 2.

¿Qué pasos específicos se deben seguir para despenalizar la eutanasia?

De acuerdo con los abogados, primero, el proyecto de ley debe ser presentado en la subcomisión correspondiente. Si se acepta, se debatirá en el Pleno, y tendrá que tener la mayoría calificada, es decir, más de la mitad de los miembros que lo integran. Este debate no solo ocurre en casos como el homicidio piadoso, sino también en temas como el aborto. El desafío fundamental que enfrentará el Congreso es determinar el rol del Estado en la protección de los ciudadanos en la sociedad.

Asimismo, según Romy, si la ley se aprueba, respecto a los doctores que realicen esta práctica, se deberá respetar la objeción de conciencia y establecer un procedimiento claro que asegure la voluntad genuina del paciente. También es esencial definir criterios específicos para optar por la eutanasia, en casos de enfermedades graves e incurables o sufrimientos insoportables.

En contraste, César explicó que en cuanto al personal de salud, si ya no es delito la eutanasia, no se requeriría una protección legal específica, ya que la protección legal de un médico frente a cualquier tipo de evento es que cumpla con los protocolos establecidos por la ciencia, que establece los procedimientos que se deben seguir en el caso correspondiente.

Finalmente, Renata argumentó que la objeción de conciencia es un derecho. Que se adopten más decisiones como la de Ana o que se adopte una ley especial no implica anular el derecho a la objeción de conciencia que puedan tener algunas personas profesionales de la salud. Lo que no puede ocurrir es que se criminalice al profesional que no tiene objeción de conciencia y que está en disposición de aplicar un procedimiento para una muerte digna, como eutanasia o suicidio asistido.

"Debemos seguir impulsando litigios y el proceso legislativo para despenalizar y regular la eutanasia y el suicido asistido. En el contexto de una sociedad conservadora y religiosa como la nuestra, los tribunales pueden jugar un rol muy importante en asentar la laicidad del Estado", concluyó Bregaglio.

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